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Inocencia Fiscal II: los funcionarios no podrán adherirse y hay dictamen en Diputados

El oficialismo obtuvo dictamen favorable al proyecto, que se debatiría en Diputados el 26 de agosto

Por Redacción

El oficialismo, con el acompañamiento de los sectores aliados, consiguió hoy en la Cámara de Diputados dictamen favorable al proyecto de Inocencia Fiscal II, aunque para ello debió aceptar establecer la prohibición que los funcionarios de los tres poderes no puedan adherir al Régimen Simplificado de Ganancias.

La Libertad Avanza (LLA) logró un dictamen de mayoría con 44 firmas de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación Penal, con lo cual el despacho estará en condiciones de ser debatido en la sesión prevista para el 26 de agosto.

El despacho obtuvo el respaldo del PRO, la UCR, Innovación Federal, y Producción y Trabajo, lo cual le permitirá poder sancionar esta iniciativa clave para el Gobierno en busca de lograr ampliar la base de contribuyentes que ingresen los dólares adquiridos en el sistema informal.

Firmaron el despacho 32 legisladores de la Libertad Avanza, 1 del MID, 2 UCR, 1 Independencia, 2 Innovación Federal, 1 de Producción y Trabajo, y 1 de Provincia Unidas en disidencia parcial.

Uno de los puntos claves de las modificaciones introducida por el oficialismo es la exclusión total de los funcionarios públicos de los beneficios y presunciones de inocencia fiscal.

Si bien podrán hacer uso del sistema simplificado únicamente como un canal operativo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y la cancelación del saldo correspondiente, no podrán gozar de la presunción de exactitud, de la liberación de fiscalizaciones ni de ningún beneficio o inmunidad tributaria del régimen.

La exclusión abarca a todas las personas que ejerzan o hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de adhesión y hacia adelante:

- Poder Ejecutivo: funcionarios y empleados con jerarquía igual o superior a Secretario de Estado en los ámbitos nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

- Poder Legislativo: legisladores nacionales, provinciales, de CABA, concejales municipales y parlamentarios del Mercosur.

- Poder Judicial y Ministerio Público: magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público en todas las jurisdicciones.

- Organos de Control y Enjuiciamiento: Defensores del Pueblo, sus adjuntos, miembros del Consejo de la Magistratura e integrantes de Jurados de Enjuiciamiento.

Se eliminan los topes de mil millones de pesos de ganancias y de 10.000 millones de pesos de patrimonio para poder ingresar al sistema, con el fin de permitir que ingresen los grandes contribuyentes.

También se incorporan correcciones para reducir la carga punitiva sobre las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) ya se establece una reducción del 25% de las multas por infracciones formales.

Esto se suma a las siguientes medidas que ya estaban contempladas en la ley original: Régimen Especial de Reducción del 50% y se fían que diferencias inferiores al 5% del 15% en la declaración jurada no constituirán discrepancia para que pueda actuar ARCA.

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