La Corte Suprema de Justicia difundió ayer un comunicado con el que buscó “aclarar las dudas” que, según afirmó, se generaron en torno al fallo que rechazó un reclamo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim) y eliminó los límites a la venta de tierras a extranjeros.
En el texto que se conoció, el máximo tribunal criticó a quienes, para “presionar sobre el tema”, promovieron “discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.
Los jueces respondieron así al revuelo que generó el fallo, que cosechó fuertes cuestionamientos al máximo tribunal y una dura reacción contra el Gobierno en el Congreso. A tal punto que la oposición en Diputados convocó a una sesión especial hacer caer el DNU 70/2023 de Javier Milei, que incluye la derogación de la Ley de Tierras que había sido dejada sin efecto por una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que la Corte revocó.
En este marco, “la Corte Suprema de Justicia de la Nación, continuando con su política de lenguaje claro, se dirige a la opinión pública con la finalidad de despejar dudas que se han generado en relación a la sentencia dictada en la causa ‘Cecim c. el Gobierno Nacional”, advirtió el máximo tribunal y precisó que en el caso “sólo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar”.
En el texto se explicó que “la sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales” y que “tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”.
Agregó que “los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.
Además, aseguró que con el fallo “tampoco se obstaculiza la función del Honorable Congreso de la Nación en el tratamiento de este aspecto del DNU 70/2023, que fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo del año 2024 y está siendo examinado por la Cámara de Diputados de la Nación”.
En su defensa, la Corte subrayó que “ha ejercido un liderazgo en la protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años” y que “no es conveniente intentar confundir a la población en este aspecto”.
Por eso, admitió que “la crítica es correcta”, pero “la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”.
El tribunal ratificó que “la controversia referida a la ley de tierras, es decir, el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737 (Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales), no ha sido resuelta en este caso, como se aclaró expresamente”.
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