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La Corte Suprema convocó a conjueces por la Ley de Tierras

Es por otro pedido para que se declare inconstitucional el DNU que eliminó los límites a la venta de terrenos a extranjeros 

Por Redacción

La Corte Suprema de Justicia convocó a dos conjueces para tratar un nuevo planteo vinculado al fallo sobre la Ley de Tierras, que la semana pasada derivó en la quita de límites a la compra de terrenos por parte de extranjeros. Según informó el máximo tribunal, los designados por sorteo fueron los camaristas Diego Barroetaveña (de Casación) y Juan Ignacio Pérez Curci (de la Cámara Federal de Mendoza). Ambos integraban tribunales de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).

Lo que la Corte debe resolver ahora es una “aclaratoria” presentada por una asociación ambientalista, dos comunidades indígenas y una legisladora rionegrina, que defienden la Ley de tierras y piden saber si la sentencia de la Corte de la semana pasada alcanza también al amparo presentado por ellos o no.

Puntualmente, la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades Lafkenche y Lof Fcta Anecon, y la legisladora María Magdalena Odarda, que presidió el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas durante el gobierno de Alberto Fernández, impulsaron una acción colectiva reclamando la inconstitucionalidad del artículo 154 del megadecreto 70/2023 de Javier Milei, que derogó la Ley de Tierras. Este planteo fue tratado por la Cámara Federal de La Plata a partir de un recurso presentado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que solicitaba lo mismo.

La Cámara Federal de La Plata hizo lugar al pedido del Cecim y declaró la inconstitucionalidad del decreto de Milei, pero aquel fallo fue revocado el martes pasado por la Corte, que por unanimidad entendió que el Centro de Excombatientes carecía de legitimidad para hacer este planteo judicial. Ahora, Árbol de Pie y los otros demandantes pidieron que se aclare si el fallo del máximo tribunal contra el Cecim también los alcanza a ellos o no.

La Corte, junto con sus tres titulares y sus dos conjueces, debe determinar qué trámite le da a este caso. Una opción es devolver el expediente a la justicia federal de La Plata o de Bariloche. También podría resolver la medida cautelar, solo si considera que se cumplen los requisitos y que la urgencia es tal que no hay otra alternativa.

El pedido de aclaratoria solicita “que se precise” si el fallo de la Corte de la semana pasada “produce algún efecto” sobre su expediente y, “en su caso, cuál es su alcance, teniendo especialmente en consideración que los actores de autos [los miembros de Árbol de Pié, Odarda y las comunidades indígenas] han invocado títulos de legitimación propios y diferentes de aquel examinado en Cecim, que no han sido objeto de pronunciamiento”.

Quienes promueven este amparo colectivo insisten en que ellos son sujetos distintos del Cecim y recordaron que lo que invocan no tiene que ver con la defensa de la soberanía nacional, sino con “derechos de incidencia colectiva vinculados con la protección del ambiente y derechos propios de los pueblos y comunidades indígenas, particularmente relacionados con sus territorios ancestrales y con la incidencia que sobre ellos podría producir la eliminación del régimen de protección establecido por la Ley 26.737 [la ley de tierras]″.

“No afecta la soberanía”

Por otro lado, el vocero presidencial, Adrián Ravier, defendió ayer la derogación de la Ley de Tierras que ratificó el fallo de la Corte, argumentando que “el criterio detrás de esa decisión es que la Argentina tiene enormes extensiones de tierra con potencial productivo y que para desarrollarlas hacen falta inversiones de largo plazo”.

Según aseguró, “lejos de poner en venta nuestros recursos naturales o estratégicos, atentar contra nuestra soberanía o poner en riesgo nuestras fronteras, la medida busca potenciar la producción rural”. E insistió en que la derogación de la normativa “tampoco afecta la soberanía territorial”, debido a que “la tierra continúa en la Argentina, sometida a nuestras leyes, nuestros impuestos y nuestra jurisdicción”.

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