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La Justicia citó a indagatoria a Abel Furlán y a otros cinco acusados por presuntas irregularidades en la UOM

La medida alcanza al titular del gremio metalúrgico y a otros integrantes de su conducción, además de directivos de una empresa contratada para administrar fondos sindicales y de la obra social. El juez también dispuso la inhibición general de bienes y el bloqueo de cajas de seguridad

Abel Furlán y Soledad Calle citados a declaración indagatoria

Por Redacción

La Justicia federal citó a prestar declaración indagatoria al secretario general de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), Abel Furlán, y a otras cinco personas en el marco de una investigación por presuntas irregularidades en la administración de fondos del sindicato y de su obra social. La causa apunta a una serie de contratos celebrados con una empresa privada que habría obtenido un beneficio económico indebido a partir de esas operaciones.

La resolución fue firmada el 6 de noviembre por el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12, que convocó a indagatoria a Furlán; Naldo Raúl Adalberto Brunelli, secretario adjunto; Osvaldo Esteban Lobato, secretario administrativo; José Luis Ortiz, tesorero; Adalberto Raúl Braconi, presidente de la firma USEM S.A.; y María Soledad Calle, accionista de esa sociedad y empleada de la organización sindical.

En paralelo, el magistrado dispuso la inhibición general de bienes de los seis imputados y de la propia UOM. También ordenó bloquear el acceso a las cajas de seguridad que pudieran tener registradas a su nombre en entidades financieras. Las medidas tienen carácter cautelar y buscan preservar los patrimonios mientras avanza la investigación.

Los contratos bajo la lupa

La investigación se centra en dos contratos firmados el 27 de febrero de 2023 entre la UOM y su obra social, OSUOMRA, por un lado, y USEM S.A., por el otro. A través de esos acuerdos, la empresa quedó a cargo de tareas vinculadas con la administración operativa de fondos y circuitos de pagos de ambas entidades.

Según la resolución, USEM S.A. debía gestionar cuentas bancarias, realizar pagos por cuenta y orden de las organizaciones, analizar y auditar obligaciones de pago, validar desembolsos y rendir cuentas de las operaciones realizadas.

Sin embargo, el juzgado advirtió que no se habría acreditado el cumplimiento efectivo de una parte sustancial de esas prestaciones. De acuerdo con los elementos reunidos, la actividad de la firma habría consistido principalmente en recibir instrucciones de pago previamente autorizadas por la UOM y su obra social, instrumentar las operaciones ante los bancos y remitir los comprobantes.

Uno de los puntos que llamó la atención de los investigadores es que USEM S.A. había sido constituida el 7 de diciembre de 2022, apenas 82 días antes de la firma de los contratos. Además, contaba con una estructura operativa reducida y no se habría identificado una actividad comercial relevante distinta de los vínculos con las entidades sindicales.

La empresa tenía como accionistas a Adalberto Raúl Braconi y María Soledad Calle, con el 50% del capital cada uno. Braconi se desempeñaba como presidente, mientras que Calle era directora suplente. La mujer, además, mantenía una relación laboral de dependencia con la UOM, una circunstancia que fue considerada por el juzgado como un posible conflicto de intereses.

La resolución también señala que no se habría acreditado la realización de una compulsa competitiva, una comparación de precios o una evaluación formal de los antecedentes y la capacidad operativa de la firma antes de su contratación.

Un vínculo de diez años y honorarios porcentuales

Otro de los aspectos cuestionados por la Justicia son las condiciones económicas y jurídicas de los acuerdos. Los contratos establecían una duración de diez años y un esquema de remuneración porcentual que, según el juzgado, no vinculaba necesariamente los honorarios con la cantidad o complejidad de las operaciones realizadas ni con los resultados concretos del servicio.

También se advirtió una asimetría en las condiciones de rescisión: USEM S.A. podía finalizar unilateralmente los contratos con un preaviso de 30 días, mientras que la UOM y OSUOMRA no contaban con una facultad equivalente, salvo situaciones excepcionales.

A partir de esos elementos, el juzgado consideró que las contrataciones podrían haber colocado a las entidades sindicales en una posición desventajosa y generado un sobrecosto para sus patrimonios.

En ese sentido, la resolución menciona que las cotizaciones obtenidas durante la investigación para servicios comparables resultaron sustancialmente inferiores al costo del esquema examinado.

La hipótesis judicial sostiene que la maniobra habría permitido procurar un beneficio económico indebido para USEM S.A. y sus accionistas, con un posible perjuicio patrimonial para la UOM y su obra social.

Las fechas de las indagatorias

El juzgado estableció un cronograma para las declaraciones. Abel Furlán deberá presentarse el 17 de noviembre a las 10.30; María Soledad Calle, el 24 de noviembre; Osvaldo Esteban Lobato, el 1° de diciembre; Adalberto Braconi, el 9 de diciembre; Naldo Brunelli, el 14 de diciembre; y José Luis Ortiz, el 15 de diciembre. Todas las audiencias fueron fijadas para las 10.30.

La resolución también ordenó profundizar la investigación patrimonial y financiera para determinar el destino de los fondos y los eventuales beneficiarios finales de la operatoria.

Entre otras medidas, se requirió información a compañías aéreas sobre viajes realizados por Furlán, Calle, Braconi y Lobato desde el 27 de febrero de 2023, con el objetivo de establecer quiénes contrataron y pagaron los pasajes y si existieron reservas o medios de pago compartidos.

Además, el juzgado dispuso investigar una suma de 959.300 dólares que, según documentación incorporada al expediente, habría sido entregada en junio de 2026 por un representante de la seccional Campana-Zárate de la UOM a USEM S.A. para su guarda en una caja de seguridad del Banco Nación, en la Casa Central.

La entidad bancaria deberá informar quiénes eran los titulares y autorizados para acceder a esa caja, así como remitir el registro completo de sus ingresos desde la apertura.

La convocatoria a indagatoria y las medidas patrimoniales no implican una condena ni suponen que la responsabilidad de los involucrados esté probada. La investigación continúa para determinar el alcance de las presuntas irregularidades y el destino de los fondos involucrados.

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