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Ley Penal Juvenil: vuelve a regir en la Provincia

La Cámara de Apelación de Lomas de Zamora revocó por “inadmisible” el fallo de la jueza Marta Pascual que frenó la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años
La decisión de la jueza Pascual desató una fuerte polémica / Web

Por Redacción

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revisó y revocó por “inadmisible” la decisión de la jueza Marta Pascual de suspender en la provincia de Buenos Aires la aplicación de la ley nacional 27.801, que estableció un nuevo régimen penal juvenil y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.

“Está vedado a los jueces analizar el acierto o la inconveniencia de las leyes, habida cuenta de que la política criminal es una de aquellas materias insertas en la esfera de reserva del Poder Legislativo”, advirtió el fallo firmado por los jueces Miguel Navascues y Miguel María Alberdi, y que vuelve a poner en vigencia la normativa en territorio bonaerense.

Para los magistrados, la medida tomada por Pascual implica “una intromisión indebida en las facultades de otro poder del Estado” y ordenaron que la jueza revise su propia competencia para seguir interviniendo en la causa.

Los titulares de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora consideraron además que “si las leyes del Congreso de la Nación se presumen legítimas, y para no aplicarlas a un caso concreto es necesario hacer un control de constitucionalidad o de convencionalidad, va de suyo que suspender la aplicación de toda una ley mediante una medida cautelar (que por su naturaleza y finalidad se adopta en forma urgente ante la verosimilitud del derecho del peticionante y el peligro en la demora y se dispone in audita parte [sin oír a la otra parte] y con carácter eminentemente provisorio), resulta a todas luces inadmisible”.

A su vez, recordaron que “un juez no puede suspender la aplicación de toda una ley, sancionada por el Congreso Nacional, a través de una medida cautelar, sin lesionar gravemente el sistema republicano de gobierno”.

Los magistrados resolvieron tras la apelación presentada por el fiscal de Ejecución Penal Juvenil de Lomas de Zamora, Hernán Ceruti, quien interpretó “que la decisión tomada por la magistrada se extralimita, avasallando la labor propia de otro de los poderes del Estado, afectando la división de poderes y la forma republicana de gobierno”.

Ayer, la Cámara le dio la razón al fiscal con un fallo que fue celebrado por figuras del oficialismo, como la senadora libertaria Patricia Bullrich, quien en su cuenta de la red social X celebró que “pararon a la jueza prodelincuentes”.

El origen de la polémica

Pascual, que está al frente del Juzgado de Responsabilidad Penal N° 2 de Lomas de Zamora, había hecho lugar a una “acción de habeas corpus preventivo colectivo” presentada el 31 de agosto pasado por la Federación de Familia Grande del Hogar de Cristo (ligada a la Iglesia Católica argentina) “en favor de los adolescentes privados de la libertad” en la Provincia.

Los jueces advirtieron sobre la “intromisión indebida” en otro poder del Estado

Atendiendo a ese recurso, consideró que “hacinar menores, tarde o temprano, incrementa los niveles de inseguridad y violencia” y entendió que, “como operadora del sistema penal juvenil” también le correspondía “preservar los intereses de la comunidad a la que deben regresar los jóvenes una vez cumplida la medida”, por lo que dictaminó la suspensión por 60 días de la ley aprobada por el Congreso y que establece hasta 15 años de prisión para adolescenes que cometan delitos a partir de los 14.

La resolución de Pascual desató una fuerte polémica, con al menos tres pedidos de juicio político y una denuncia penal en su contra.

En medio del revuelo, la jueza dijo que no está en desacuerdo con bajar la edad de imputabilidad, agregó que “no” romantiza que los chicos anden con un arma, pero insistió en que “con esta ley no vamos a crear más seguridad” y argumentó: “Yo aplico ‘justicia restaurativa’, que tiene que ver con restaurar los vínculos, que los jóvenes se responsabilicen y vuelvan a su comunidad siendo ciudadanos y no ‘pibes chorros’. Tenemos que tener los mecanismos para implementar la ley”.

En su fallo, los jueces de la Cámara de Apelación de Lomas de Zamora aclararon que “este Tribunal no minimiza la situación de los jóvenes privados de la libertad [...] en la Provincia de Buenos Aires, pero considera que ante una eventual situación que pudiera agravar sus condiciones de encierro, corresponderá al juez a cuya disposición se encuentre el joven detenido ordenar las medidas urgentes para remediar la situación y tomar las decisiones que crea conveniente dentro de las facultades y alternativas que tiene a su alcance -dentro del marco de la ley vigente-, exhortando asimismo a la administración a que provea los medios y recursos necesarios para el efectivo cumplimiento de los estándares constitucionales y convencionales que rigen para los menores en conflicto con la ley penal privados de su libertad”.

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