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Otra intimación a Cristina por la paz de los vecinos

Por colgar una bandera en su balcón durante un acto militante, la Justicia le advirtió otra vez sobre las condiciones de su prisión

Cristina ayer salió al balcón a despedir a la Madre de Plaza de Mayo Taty Almeida. La marcha fúnebre pasó por su departamento /AFP

Por Redacción

El Tribunal Oral Federal que condenó a Cristina Kirchner a seis años de prisión le advirtió que violó las condiciones de su prisión domiciliaria en San José 1111. Fue por la bandera desplegada el último fin de semana entre su balcón y el de un edificio vecino. Le advirtieron a la expresidenta que, de repetirse, podría implicar que la manden a cumplir su condena a la cárcel común. “Intimase a Fernández de Kirchner a que en lo sucesivo se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales fue concedida y se ejecuta la modalidad domiciliaria de cumplimiento de la pena de prisión que le ha sido impuesta, bajo apercibimiento de ley en caso de verificarse nuevos incumplimientos”, escribió el juez Rodrigo Giménez Uriburu.

El artículo 34 de la ley 24. 660 que regula la ejecución de la pena señala que el juez “revocará la detención domiciliaria cuando el condenado quebrantare injustificadamente la obligación de permanecer en el domicilio fijado o cuando los resultados de la supervisión efectuada así lo aconsejaren o cuando se modificare cualquiera de las condiciones y circunstancias que dieron lugar a la medida”. Lo que ocurrió fue en el marco de los actos para recordar el primer año de que Cristina Kirchner está presa -se cumple hoy-, con condena firme por la llamada Causa Vialidad.

Diversos intendentes del Conurbano -y la militancia que movilizan- se turnan para congregarse debajo del balcón de San José 1111 y apoyar a la expresidenta con manifestaciones de respaldo.

El pasado fin de semana fue el turno de Mayra Mendoza, la intendenta de Quilmes, que reunió a un grupo de militantes que extendió una gran bandera entre el balcón del departamento de Cristina y un edificio de la vereda de enfrente. La bandera llevaba la leyenda “De San José 1111 a la Rosada” y fue acompañada de otros carteles y mensajes. Cristina correspondió saludando desde el balcón.

Que dijo el juez

Lo dicho: el juez Rodrigo Giménez Uriuburu, a cargo de la ejecución de la pena, firmó ayer un escrito en el que advirtió a la expresidenta que de reiterarse estas manifestaciones podría revocarse su prisión domiciliaria. Es un escrito de cinco páginas. Recordó allí que se le impuso a Cristina “abstenerse de adoptar comportamientos que pudiesen perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.

Señaló el magistrado que en el pasado hubo periódicamente diversas manifestaciones que, a juicio del tribunal, no implicaban la violación de las condiciones de la prisión domiciliaria, a pesar de las quejas de la fiscalía a cargo de Diego Luciani. Todo esto hasta el domingo pasado, cuando “se verificó un episodio que importa, en principio, un incumplimiento de la regla de conducta referida y que amerita la intervención del suscripto en su condición de juez a cargo del contralor de la pena de prisión de la condenada”.

El juez apuntó a la obviedad de que el despliegue de la bandera estaba, en uno de sus lados, sujeta al balcón de la vivienda de Cristina. Lo que implica que ella o alguien de su entorno colabioró para engancharla allí.

Lo dijo así: “La conducta descrita no constituyó un episodio ajeno a la condenada; por el contrario, surge de las constancias obrantes en autos que participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción”.

Y abundó: aseguró que, a diferencia de lo sucedido en otras concentraciones en la ex presidenta no tuvo “intervención directa”, aquí “el episodio presenta notas cualitativamente distintas: el despliegue de una maniobra riesgosa para el espacio público y perturbadora para los vecinos de la ochava, más la participación personal y activa de la condenada en la concreción de la acción, con empleo del domicilio de cumplimiento a ese fin”.

Por eso, dijo el juez, su conducta es reprochable desde tres puntos de vista.

Uno: por el “ostensible riesgo para la integridad física” de la ex mandataria y de los transeúntes, conductores, pasajeros del transporte público o peatones. Los expone “a un peligro innecesario”, más allá de la responsabilidad que pudiera tener en caso de un accidente.

Dos: mencionó que la instalación de pasacalles, pancartas u objetos similares y de una “bandera sostenida por cables de alta resistencia” debería contar con una autorización municipal. Sin esa autorización, dijo, “podría importar la comisión de una contravención”. Lo que agrava la conducta de Cristina.

Tres: dijo el juez que el despliegue de la bandera “perturba objetiva e indefectiblemente la tranquilidad del vecindario y altera la convivencia pacífica de sus habitantes, afectando de manera directa la condición de conducta cuya observancia fue expresamente impuesta a la condenada”.

Así, se explayó García Uriburu, todos estas cuestiones verifican que lo sucedido “no es compatible con las obligaciones asumidas en el marco de la prisión domiciliaria concedida, ni con el estándar de comportamiento que el tribunal tuvo en miras al imponer las reglas de conducta oportunamente establecidas”. Y por eso le advirtió que, de repetirse, iba a revocar su prisión domiciliaria. Contundente.

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