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Tierra para extranjeros: la Corte avaló la venta sin límite

El máximo tribunal rechazó un amparo del Centro de exCombatientes de Malvinas de La Plata y dejó sin efecto el fallo que había frenado un DNU de Milei derogando la ley
Los jueces Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti

Por Redacción

En un mismo fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un amparo presentado por el Centro de exCombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim) para anular la derogación de la Ley de Tierras Rurales, que imponía límites a la extranjerinzación del territorio y que había impulsado el gobierno de Javier Milei a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Entonces, la Cámara Federal de La Plata hizo lugar al reclamo del Cecim y declaró la inconstitucionalidad de parte del DNU, algo que el máximo tribunal revocó ayer.

Con esta decisión, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz volvieron a poner en vigencia el artículo 154 del megadecreto 70/23 y, en la práctica, borra todas las limitaciones a la venta de tierras a extranjeros. Algo que la presentación de inconstitucionalidad del Cecim había logrado frenar.

Pero en el fallo de ayer, la Corte consideró que la entidad carece de la legitimidad necesaria para cuestionar la norma en los tribunales, al no configurarse un caso o controversia judicial concreta.

En la presentación inicial, el Cecim promovió un amparo contra el Estado Nacional solicitando que se declarara la inconstitucionalidad y la nulidad de la derogación de la Ley 26.737, la cual regulaba y limitaba la posesión, propiedad o tenencia de tierras rurales en manos de ciudadanos o empresas extranjeras.

Los excombatientes advirtieron que la eliminación de este marco de protección facilitaba la extranjerización del territorio, afectando de manera directa la soberanía nacional y la integridad territorial de la República Argentina.

Primero, el Juzgado Nacional en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata desdestimó la acción judicial considerando que la condición invocada por la agrupación de los veteranos de Malvinas resultaba insuficiente para otorgarle el rol de parte legitimada en el expediente. El Cecim apeló, el tribunal de alzada admitió el reclamo, declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del mencionado DNU y ordenó registrar nuevamente la causa como un proceso colectivo.

Tras ese fallo, el Estado interpuso un recurso extraordinario federal y llevó el caso a la Corte, que finalmente resolvió a favor del Gobierno, revocó la sentencia de la Cámara Federal platense y rechazó la demanda al entender que los veteranos de Malvinas no tienen legitimidad en el reclamo.

QUÉ DICE EL FALLO

Para el mayor tribunal del país, la presentación del Cecim “carece de todo fundamento”. Agregó que la soberanía territorial es “uno de los elementos constitutivos del Estado” y debe ser entendida “como la facultad de manifestar y hacer ejecutar la voluntad de la Nación” en un determinado ámbito espacial, por lo que “en modo alguno pueden ser consideradas un bien colectivo”.

En ese sentido, subrayó que, “frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia” y aclaró que lo decidido “se limita al rechazo de la demanda con fundamento en la falta de legitimación de la actora y la ausencia del requisito constitucional de caso o controversia”.

Evitó así opinar sobre la constitucionalidad del DNU, al afirmar que el fallo que “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023 −en cuanto deroga la denominada Ley de Tierras Rurales− ni implica interferencia alguna sobre la intervención del Poder Legislativo”.

CRÍTICAS

Tras el fallo, el constitucionalista Andrés Gil Dominguez sostuvo en redes que a partir de ahora “cualquier persona física o jurídica extranjera o cualquier Estado extranjero pueden comprar toda la tierra rural adonde quieran -incluida las zonas de frontera- sin límite alguno”.

También fue muy crítico el Cecim, que a través de un comunicado aseguró que “la Corte Suprema acaba de resolver el problema político en el que se había metido el gobierno de Milei”, que tras el freno al decreto buscó flexibilizar la venta de tierras a extranjeros a través de un proyecto de ley. Pero no reunió votos suficientes en el Congreso y tuvo que dar marcha atrás.

El Cecim acusó a la Corte de haber puesto “en venta” a la Argentina con este fallo

Para el Cecim, “mientras el pueblo gritó con fuerza ‘La patria no se vende’, la Corte entendió que no existe algo así como un bien jurídico soberanía, y rechazó nuestra demanda para evitar la derogación de la Ley de Tierras”.

La Corte “dijo que este grupo de exsoldados conscriptos, combatientes de Malvinas, no podemos acudir a la Justicia en defensa de la soberanía”, agregaron desde el Cecim, e ironizaron: “Rara consideración la de esta Corte. Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un tribunal”, para finalmente advertir que el máximo tribunal “acaba de poner a la Argentina en venta”.

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