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Especialistas dicen que una ley establece que sólo podría hacerse con el consentimiento del usario
Deudas con Arba: habría trabas legales para cobrarlas con la luz
La decisión del gobierno bonaerense de cobrar deudas impositivas a través de las facturas de servicios públicos, podría encontrar ciertos obstáculos. Algunos especialistas sostienen que esa intención chocaría, al menos en el caso de las empresas eléctricas, con una ley provincial que vedaría tal posibilidad.
Como publicara este diario en su edición anterior, la Agencia de Recaudación (Arba) prevé un nuevo mecanismo de recupero de deudas a través de los denominados “agentes de cobro”, esto es, bancos, tarjetas de crédito, empresas de TV Cable e Internet, telefonía celular y de servicios públicos como luz, gas o teléfono, que harán figurar en sus boletas y resúmenes de cuenta, parte de las obligaciones impositivas impagas de los contribuyentes de la Patente y del Impuesto Inmobiliario.
El organismo recaudador sólo podrá retener para la cancelación de las deudas una alícuota que va del 0,5% al 5%. De esta manera, si un contribuyente paga una factura de un determinado servicio de 100 pesos, le podrán retener hasta $5 con destino a Arba.
Sin embargo, el mecanismo que pretende utilizar Arba a partir de mayo podría tropezar con algunos obstáculos.
Distintos especialistas pusieron la lupa sobre ley 11.769, el Marco Regulatorio Eléctrico de la Provincia y, en particular, su artículo 78. Ese apartado reza: “Podrán incluirse en las facturas conceptos ajenos a la prestación del servicio público, cuando tal procedimiento hubiera sido expresa e individualmente autorizado por el usuario”.
Como se informara, Arba incorporará a los deudores en un padrón, pero el contribuyente alcanzado podrá exigir ser retirado del listado y pagar la deuda. Pero en ningún caso se pedirá el consentimiento expreso del moroso para avanzar con el mecanismo de recupero si no hace el reclamo.
De tal manera, estiman diversos especialistas, la intención de Arba chocaría con esa disposición legal.
El plan de recupero de deudas no tendrá cuota fija. Y los valores que se incluirán en las boletas tendrán relación con el monto de las facturas o los consumos que realice el contribuyente deudor.
“Será en función de la capacidad operativa de cada uno”, se dijo en Arba.
“Son deudas chicas, en general inferiores a los 8 mil pesos”, añadieron.
Con este nuevo sistema, además de eludir costos de emisión, la Provincia apunta a evitar que prescriban estas obligaciones. Como se sabe, el fisco puede reclamar deudas de hasta 5 años.
De acuerdo a las estimaciones oficiales, el gobierno de Daniel Scioli prevé recuperar unos 380 millones de pesos mediante esta vía.
Se trata de deuda “consolidada, firme y exigible”, se indicó. De tal forma, está en condiciones de ser judicializada.
Esta posibilidad a la que va a echar mano la Provincia fue adelantada en noviembre por este diario cuando el gobierno provincial presentó en la Legislatura el proyecto de ley Impositiva.
Uno de los artículos de esa iniciativa establece la puesta en marcha de “un plan especial de facilidades de pago de las deudas líquidas y exigibles que registren los contribuyentes, mediante la intervención de los agentes que designe”.
Esos agentes, como se dijo, serán bancos, emisoras de tarjetas de crédito, aseguradoras y empresas de servicios públicos, las eléctricas y también otras, como prestadoras de gas, telefonía fija o móvil, televisión satelital o por cable, o Internet.
El mecanismo no arrancó pero ya comienza a generar polémica.
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