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Policiales |FALLO DE UN MAGISTRADO PLATENSE

Penan con 6 meses de prisión a un acusado de fumar marihuana

El imputado había sido demorado en Plaza Italia con 9,7 gramos de esa droga

10 de Agosto de 2013 | 00:00
EL JUEZ PENAL EMIR CAPUTO TÁRTARA CRITICÓ EN SU FALLO “LO POCO QUE SE HACE PARA COMBATIR” EL FLAGELO DE LA DROGA
EL JUEZ PENAL EMIR CAPUTO TÁRTARA CRITICÓ EN SU FALLO “LO POCO QUE SE HACE PARA COMBATIR” EL FLAGELO DE LA DROGA

Un juez penal de La Plata condenó ayer a seis meses de prisión de ejecución condicional, en juicio oral y público, a un acusado de tenencia simple de estupefacientes, que fue detenido en un operativo policial en Plaza Italia, con nueve gramos de marihuana que iban a ser destinados a consumo personal, según se desprende del fallo judicial, en el que se criticó severamente “lo poco que se hace para combatir este flagelo”.

De esta forma, el magistrado adoptó una postura opuesta a la que se viene proponiendo desde los tribunales superiores de nuestro país, de despenalizar el consumo personal.

En el veredicto, el juez Emir Caputo Tártara explicó que “no puedo sino repetir quejosamente lo poco que se hace para combatir este nefasto flagelo social como lo es la droga, que distorsiona de manera flagrante la conducta de la mayoría de las personas que consumen, deterioran enormemente su salud, con serias amenazas de vida, cuando no la efectiva concreción de la muerte; y también -desde otra óptica- la producción de concreta desinhibición o la sustitución de los frenos morales, lo cual en muchos casos (a los hechos me remito) prohíjan la delincuencia en sus diversos órdenes”.

“Tanto en el escenario de la plaza pública, como en diversos sitios que abarcan a toda la égida de la ciudad (casas particulares; deliberes de remises o taxis; boliches bailables o similares, salidas de las escuelas; etc.), los consumidores cuentan con ‘puertas abiertas’ para la adquisición de distintas clases de estupefacientes; a veces, lamentablemente son muy jóvenes -casi niños- los que tienen franqueados los accesos para la adquisición de drogas peligrosas, iniciando un camino, del cual luego, les resulta muy difícil (sino imposible) desviarse”, sentenció el magistrado.

También destacó que “se impone pues redoblar esfuerzos tendientes a enfrentar con determinación y eficacia semejante corrosión social, que destruye personas, familias, y carcome los cimientos mismos de una sociedad que busca y necesita, una pacífica y prolífica organización y desempeño”.

“En ese -agregó- mismo contexto, destaco que no adhiero (ni mucho menos, estoy obligado) a algunos pronunciamientos que se inclinan por la abrogación de normas como las que aquí aplico, dando -a tales fines- razones y fundamentos que sustentan mi tesitura y entiendo válidos a tales fines”.

ENCUADRE LEGAL

El doctor Caputo Tártara expresó en el fallo que el encuadre legal impuesto en este caso “está vigente y es ley aplicable para todos, entre los que me incluyo como Juez de la materia, para los puntuales casos que se han derivado para el conocimiento jurisdiccional provincial”.

Además afirmó que “en el debido respeto de la división tripartita de poderes, que manda nuestra Carta Magna Nacional, corresponderá -si es que así se lo decide- al Congreso de la Nación abrogar o derogar, los tipos aún vigentes, que se consideren no aptos para regir las conductas de las personas, luego -claro está- del pertinente debate social”.

El juez condenó al acusado por violación al artículo 14, último párrafo, de la Ley de estupefacientes (23.737), que castiga con un mes a dos años de prisión la tenencia “cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que es para uso personal”.

Esta investigación comenzó en el 20 de agosto de 2011, a las 17, con un procedimiento en de Plaza Italia, en el que a cuatro personas se les secuestró un poco más de 100 gramos de marihuana, y en poder del ahora condenado 9,7 gramos de esa sustancia, en cigarrillos armados.

En el fallo, el juez ordenó que se investigue a uno de los policías que participó del procedimiento, denunciado en el juicio porque presuntamente plantó pruebas y se habría quedado con dinero de los sospechosos.

El procesado, Juan Cruz Cantero (37), fue condenado a seis meses de prisión, pena que quedará en suspenso si por el plazo de dos años fija residencia y se somete al cuidado del Patronato de Liberados, que deberá elevar informes periódicos al juzgado.

Cabe señalar, que en caso de cometer un nuevo delito o de incumplir las normas señaladas la pena será de cumplimiento efectivo.

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