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Es por encabezar actos de inauguración de obras en plena veda de la campaña proselitista
El fiscal electoral Jorge Di Lello impulsó ayer una investigación para establecer si la presidenta Cristina Fernández violó la veda electoral al encabezar actos de inauguración de obras en plena veda de la campaña proselitista.
Según revelaron fuentes judiciales, el funcionario del Ministerio Público puso en la mira de la Justicia electoral los actos en que la Presidenta inauguró una planta potabilizadora de agua, en el partido de San Fernando el viernes 27 de julio, y la apertura de una fábrica de lavarropas en Cañuelas, el martes pasado.
La acción fiscal se produjo en el marco de la denuncia que los precandidatos del frente porteño UNEN hicieron contra la Presidenta por supuesta “violación de la veda” electoral, que establece la prohibición de hacer actos de gobierno que induzcan al voto 15 días antes de los comicios.
El fiscal le pidió a la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría tres medidas de prueba a realizar, al dar impulso a la acción penal.
Di Lello solicitó que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) remita las filmaciones de los actos y reclamó que la secretaria general de la Presidencia “precise las circunstancias en que tuvieron lugar los actos denunciados”.
También requirió que la planta potabilizadora y la fábrica de lavarropas indique “los motivos de la concurrencia” de Cristina Kirchner.
La denuncia fue presentada por Ricardo Gil Lavedra, Humberto Tumini, Sergio Abrevaya, Alfonso Prat Gay y Victoria Donda, precandidatos de la alianza porteña UNEN para las próximas elecciones, por considerar que la Presidenta violó los artículos 64 y 133 bis del Código Nacional Electoral.
El último párrafo del artículo 64 prohíbe 15 días antes de las elecciones primarias “la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.
En tanto, el 133 bis fija de un año a 10 de inhabilitación para los funcionarios públicos que “autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quáter”.
Para los precandidatos, Cristina Kirchner realizó en los actos enumeraciones de sus “logros de gestión”, lo que está en violación a la ley electoral.
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