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Policiales |EL TRIBUNAL DE CASACION NO REQUERIA EL CONSENTIMIENTO FISCAL

La Suprema Corte modificó el criterio para acceder a la probation en delitos culposos

Ahora, con este fallo, sin el acuerdo del Ministerio Público no podrá evitarse la instancia de juicio oral

La Suprema Corte modificó el criterio para acceder a la probation en delitos culposos

El Palacio de Tribunales, la sede de la Suprema Corte de Justicia provincial

20 de Septiembre de 2016 | 01:54

La Suprema Corte de Justicia bonaerense dejó sin efecto un acuerdo plenario del Tribunal de Casación, en el que se había fijado el criterio “de que la suspensión de juicio a prueba es aplicable en todos los casos en que pudiere corresponder una condena de ejecución condicional”.

Esta nueva postura, que marca jurisprudencia en la materia, se resolvió en el marco de una causa que investiga la muerte del ex futbolista de Estudiantes de La Plata, Adrián De Vicente (46), ocurrida en 2011 como consecuencia de un accidente de tránsito.

Precisamente, el imputado en ese expediente, Felipe Divito, había sido beneficiado con una “probation” (suspensión de juicio a prueba), pero ahora deberá sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgado por el delito de “homicidio culposo agravado”.

En la resolución, a la que tuvo acceso este diario, el máximo tribunal provincial consideró que “Casación efectuó un reduccionismo arbitrario de los fundamentos de la Cámara departamental con los que convalidó el rechazo de la suspensión del juicio a prueba decidido por el juez correccional. En particular, al desatender que éste hizo hincapié en el argumento fiscal sobre la necesidad de llegar a un pronunciamiento de fondo a través del debate oral”.

“No basta el cumplimiento de condiciones objetivas para ser merecedor de tal beneficio, sino que se requiere además una valoración subjetiva que deberá hacer el agente fiscal sin cuya aprobación no podrá concederse la suspensión del juicio a prueba”, se explicó

También se destacó que “en consecuencia, Casación al resolver con sustento en la sola voluntad de los jueces de esa sede que la oposición del fiscal no impide su otorgamiento, excepto que la misma sea razonada y atendible, se apartó de la letra del artículo 76 bis del Código Penal”.

En este caso, cabe destacar, la defensa del acusado había requerido la probation al considerar que el imputado “lo estresa” la instancia del juicio.

La decisión de la Suprema Corte fue a instancias de un recurso presentado por el fiscal de Casación, Carlos Altuve, contra la resolución que le había concedido la “probation” a Divito, el conductor que, según pruebas reunidas por el particular damnificado, embistió al futbolista a 140 kilómetros por hora y a contramano.

En la apelación, el fiscal planteó que en primer lugar, esa postura es contraria “ a los términos del art. 76 bis del Código Penal, al conceder el beneficio de la suspensión de juicio a prueba, sin que existiera el “consentimiento del fiscal”.

Refirió además que “la pena de inhabilitación impide la concesión del beneficio de la probation en relación con delitos que tienen ocasión en el marco de actividades legalmente reglamentadas, tal la conducción de vehículos automotores”.

El fallo de la Corte fue firmado por los jueces Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Eduardo De Lázzari, Daniel Soria y Juan Hitters, por lo que el acusado deberá ser sometido a juicio oral y público.

EL CASO

De Vicente murió el 20 de marzo de 2011 en el Camino de los Remeros, cercano al barrio Nordelta, en el partido de Tigre, cuando su auto fue chocado por otro vehículo.

El conductor de este auto, Divito, se negó a realizarse el examen de alcoholemia ante la presencia policial y recién se presentó a declarar diez horas más tarde.

“Venía a 140 kilómetros por una curva”, denunció en su momento Claudia, la mujer de De Vicente.

En el 2014, la Sala VI de Casación rechazó la denegación de la probation que había pedido el fiscal del caso, Mariano Magaz.

En su momento los familiares de la víctima expresaron sentir vergüenza por esa decisión de aplicar la probation.

“Tiene que cumplir prisión efectiva por los agravantes que hay en el caso, como venir a contramano”, una prueba que, dijo, la familia posee gracias a una fotografía del imputado tomada “300 metros antes”.

“Hay un testigo que dice que el impacto fue en el carril de mi papá”, detalló el hijo del ex futbolista, tras lo cual planteó: “Si con eso no tenemos ni el derecho de ir a juicio oral, es un papelón de la Justicia”.

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