Un fallo inédito de la Corte Suprema de la Nación introdujo un cambio de fuerte impacto en los conflictos entre pacientes y empresas de medicina prepaga por la cobertura de medicamentos de alto costo. El máximo tribunal resolvió que las prestadoras no están obligadas a financiar una marca determinada cuando existe otra alternativa autorizada en el país con el mismo efecto terapéutico y un menor precio.
La decisión revocó sentencias de primera y segunda instancia que habían ordenado a una prepaga cubrir el medicamento importadoTrikafta, utilizado para tratar la fibrosis quística, una enfermedad genética que afecta principalmente a los pulmones y al sistema digestivo. La empresa había ofrecido en su lugarTrixacar, una versión de fabricación nacional con los mismos componentes, aprobada por la ANMAT.
Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz hicieron lugar al recurso presentado por la prepaga. Entre los fundamentos señalaron que durante el proceso judicial no surgieron objeciones técnicas de la ANMAT ni del Cuerpo Médico Forense sobre la posibilidad de sustituir un medicamento por el otro.
La Corte también destacó que la paciente comenzó a recibir el tratamiento nacional en febrero de 2022 y que en el expediente no se acreditó que ese cambio hubiera provocado un deterioro en su estado de salud, un aspecto que consideró relevante para revisar las decisiones de las instancias inferiores.
La sentencia es considerada inédita porque fija por primera vez un criterio de la Corte sobre un problema cada vez más frecuente: qué debe ocurrir cuando existen dos tratamientos para una misma enfermedad, con eficacia considerada equivalente pero con diferencias muy importantes de precio.
El fallo aparece además en un contexto de creciente judicialización del sistema sanitario, impulsada en gran parte por reclamos de cobertura de medicamentos y terapias de alto costo. También vuelve a poner en discusión la falta de una agencia nacional de evaluación de tecnologías sanitarias que establezca criterios técnicos para definir qué prestaciones deben cubrir las obras sociales, las prepagas y el Estado, reduciendo así la intervención de los tribunales.
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