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Habrá aumento de luz en La Plata y la Provincia: dan marcha atrás con el freno a Edelap

La Justicia suspendió la medida cautelar que había frenado la suba

Por Redacción

La Cámara de Apelación en la Contencioso Administrativo de Mar del Plata suspendió la medida cautelar que por pedido de la Defensoría del Pueblo había suspendido los aumentos de luz que regían desde el 1° de agosto y ordenaba retrotraer los componentes provinciales de las tarifas al cuadro anterior.La resolución se dio tras la apelación que hizo el Gobierno bonaerense y las cuatro grandes distribuidoras eléctricas (EDELAP, EDEA, EDEN y EDES) para que se restituya el ajuste de entre el 1,5% y el 3,5% aplicados a través Resolución N°585/2026 del ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.

Si bien en primera instancia el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca ordenó suspender el incremento, ahora la Cámara lo reestableció, por lo que la Provincia lo podrá liquidar en las próximas boletas. Más allá de eso, aún no se resolvió la cuestión de fondo, sino que solamente se suspendió la medida cautelar.

La resolución alcanza a los usuarios abastecidos por EDELAP, EDES (sur de la Provincia), EDEA (Costa Atlántica), EDEN (norte del territorio bonaerense) y las más de 200 cooperativas eléctricas del interior.

Para fundamentar su reclamo, la Provincia sostuvo que la aplicación de la medida cautelar podía comprometer la continuidad y la sustentabilidad del servicio eléctrico, al reducir los recursos disponibles para afrontar los costos de la energía, el mantenimiento de las redes, las inversiones y las obligaciones laborales y contractuales de las distribuidoras.

Además, la Fiscalía planteó dificultades técnicas para cumplir con la medida. Según informes del OCEBA, los componentes nacionales y provinciales integran un único cuadro tarifario y no pueden aplicarse de manera separada sin generar problemas en la instrumentación y el control de las tarifas.

La resolución de la Cámara por la tarifa de luz

Al analizar la queja, la Cámara consideró que la Fiscalía había aportado elementos suficientes para justificar, en esta instancia preliminar, la posible existencia de un perjuicio al interés público. En particular, tuvo en cuenta los riesgos invocados para la continuidad y sustentabilidad del servicio y las dificultades técnicas señaladas por el OCEBA.

Por ese motivo, el tribunal resolvió conceder efecto suspensivo a la apelación contra la medida cautelar. Sin embargo, aclaró que esa decisión no implica pronunciarse sobre la validez de la medida dictada en primera instancia ni sobre el planteo de fondo, cuestiones que deberán analizarse al resolver el recurso principal.

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