Dictan falta de mérito a Menem por voladura en Río Tercero

El ex presidente fue favorecido por la Cámara Federal de Córdoba, en la causa que investiga la explosión en la fábrica militar


 

El ex presidente y actual senador Carlos Menem fue favorecido hoy con una falta de mérito en la investigación por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero ocurrida en noviembre de 1995.

Así lo dispuso la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba al revocar un procesamiento dictado en primera instancia, que había imputado a Menem por el delito de estrago doloso agravado por la muerte de siete personas, llevado a cabo con el fin de ocultar la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia.
 
Los camaristas Ignacio Vélez Funes, Roque Rebak y Ricardo Bustos Fierro coincidieron en que "no ha resultado factible a la instrucción obtener constancias relativas a la posible responsabilidad que se achaca a Carlos Saúl Menem, siendo que la prueba producida hasta el momento no ofrece elementos relevantes en esa dirección".

Según el fallo, el senador estaba acusado de provocar "por intermedio de persona o personas cuya identidad a la fecha aún se desconoce, de manera intencional, programada y organizada, el incendio de un tambor de 200 litros de capacidad que, presuntamente, habría contenido en su interior mazarota de trotyl o trotyl de descarga".
 
"Las pruebas señaladas por la querella apuntan meramente a la plataforma fáctica, esto es, a cómo ocurrieron los sucesos delictivos, pero resultan huérfanas para involucrar con esas pruebas y hechos hasta la actualidad a Menem, salvo por las conjeturas que ella efectúa, según sus argumentos", agregaron los camaristas en la extensa resolución.

Para los jueces, no resultó válida la versión de la querella respecto a que la explosión fue ocasionada para ocultar la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador.
 
"Esta hipótesis resulta de conjeturas o apreciaciones intelectuales que no resultan expresamente de las probanzas de autos hasta la actualidad", refutaron.
 
Los abogados de Menem se quejaron que "su asistido llega al proceso 11 años y 344 días después del hecho, y a 31 días antes que expire la pena máxima prevista", y se quejaron de una prueba utilizada por el juez de primera instancia para procesarlo.
 
A escasos minutos de la explosión el 3 de noviembre de 1995, Menem dijo a los medios: "el gobierno argentino les está diciendo que se trata de un accidente y no de un atentado. Ustedes tienen la obligación de difundir esta palabra, no de entrar a dudar de lo que estamos diciendo. El que duda debe tener algún fundamento y no una llamada anónima que pueda hacer algún irresponsable".
 
Esa declaración "no permite colegir, por sí misma, una suerte de ánimo de encubrimiento de otra causal ajena a la de un accidente, o un adelanto de encubrir o justificar un hecho ilícito, aún cuando las mismas hayan sido prematuras y sin elementos justificantes para haberlas expresado", señaló la Cámara.
 
Al contrario, para los jueces esas declaraciones también pudieron tener como fin "la intención de transmitir, desde la máxima investidura del país, un primer tenor de serenidad a la población, por un lado, y de prudencia y cautela, por otro, respecto de posibles denuncias anónimas que apuntaran en una dirección diferente pero que, sin duda, exigían ser debidamente contrastadas con posterioridad".
 
Al justificar la falta de mérito, los camaristas explicaron que "resulta indispensable la convergencia de probanzas mínimas que indiquen que un hecho contemplado en la ley como delito pudo haberse cometido y que el encausado pudo tener responsabilidad penal en su perpetración".
 
"No concurren hasta el presente tales evidencias que permitan acreditar semi-plenamente, con el grado provisional que la actual etapa procesal requiere, la responsabilidad penal endilgada a Carlos Saúl Menem en la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero", concluyeron.
 
En cambio rechazaron un planteo de prescripción de la causa planteada por la defensa de Menem, y ahora con la falta de mérito continuará sometido a la investigación.
 
En la misma resolución, resultó sobreseído el ex secretario de Asuntos Militares Heriberto Baeza González.

 

 



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