Buscarán sancionar un marco regulatorio para las “saladitas”

La Legislatura trata esta semana el proyecto que regula las ferias multipunto

Consideradas la cara visible de una de las actividades comerciales irregulares más extendidas en el país, las denominadas ferias “saladitas”, que replican el modelo de la hermana mayor, la populosa “Salada” de Lomas de Zamora, podrían contar en pocos días por primera vez con un marco regulatorio que establecerá las condiciones para su instalación y funcionamiento en el territorio de la Provincia.

En efecto, la Cámara de Diputados bonaerense trataría en la sesión convocada para el jueves un proyecto de ley impulsado por el Ejecutivo y ya aprobado por el Senado que fija las pautas normativas para los establecimientos de múltiples puntos de venta, como se conoce en la jerga técnica a las ferias, denunciadas desde las cámaras empresariales y comerciales por maniobras de falsificación de mercadería y de evasión fiscal.

Según trascendió, la Comisión de Producción y Comercio de Diputados, que preside el denarvaísta Gonzalo Atanasof, tratará en la reunión del miércoles la iniciativa. Si el cuerpo le da despacho favorable, la norma sería incluida en el orden del día de la sesión del jueves. Si se tiene en cuenta que el Senado la aprobó el año pasado con el voto de todas las bancadas, el proyecto tendría el camino allanado para su sanción.

En el proyecto enviado por el Ejecutivo a la Legislatura provincial busca dar un marco normativo a los establecimientos de comercialización de múltiples puntos de ventas minoristas o mayoristas de rubros varios mayoritariamente textil y calzado, que ocupe más de 300 metros cuadrados cubiertos.

La norma fue impulsada por el gobierno provincial luego de un extenso debate en el que se convocó a cámaras empresarias y comerciales en el marco de la polémica que se abrió ante las resistencias que surgieron en diversos municipios del interior por la instalación de este tipo de ferias, queesegún denunciaban, constituían una competencia desleal.

El proyecto original contemplaba a los Municipios de hasta 50.000 habitantes para su instalación. En cambio, la modificación dispuesta por la Cámara Alta no permite la instalación en municipios con población menor a 50.000 habitantes, así como tampoco en tierras que sean de dominio de la Provincia.

Una de las importantes propuestas de la ley es que no se otorgarán factibilidades a establecimientos que se encuentren en un radio inferior a 10 kilómetros de otro. Tampoco puede haber más de una por municipio, salvo que tengan habilitación anterior a la nueva ley.

En cuanto a la habilitación municipal, en el proyecto se consideraba que es competencia exclusiva de los municipios y procederá cuando reúna la factibilidad provincial y los requisitos que disponga el Concejo Deliberante.

La vigencia de las factibilidades provinciales y habilitaciones municipales caducará en un año desde el otorgamiento de la última, si no se iniciaron las obras.

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