Condenaron a 17 años al acusado del crimen de la abogada platense

Para los jueces no se trató de un caso de violencia de género y no hicieron lugar al pedido de perpetua

La Cámara del Crimen de Gualeguaychú condenó ayer a la pena de 17 años de cárcel a Osvaldo Andrés Roldán, el hombre acusado por el homicidio de la abogada platense, Julia Flammini, ocurrido el pasado 10 de abril en el complejo termal de Almeyda, donde se había alojado la víctima a la espera de un recital del “Indio” Solari.

El tribunal integrado por los doctores Alicia Vivian, Eduardo García Jurado y Mariano López, dispuso también mantener la situación de prisión preventiva hasta que, eventualmente, la sentencia obtenga firmeza.

Lo que no otorgaron los magistrados fue la calificación que había peticionado el fiscal que intervino en el debate, Lisandro Beherán y, por ende, rechazaron su planteo de prisión perpetua, al que había adherido el representante legal de los padres de Flammini.

Según los jueces, en este caso no hubo un “homicidio calificado en el marco de un caso de violencia de género”, como argumentó el fiscal, sino un “homicidio simple”. Y por eso, en atención a las particulares circunstancias que rodearon a este caso, establecieron la condena de 17 años de cárcel.

Precisamente, de quedar firme la pena, Roldán estaría en condiciones de acceder a salidas transitorias dentro de 8 años y de obtener la libertad condicional en poco menos de 11.

INDIGNACION

Una vez conocida la condena, los padres de la abogada asesinada no ocultaron su descontento con el alcance de la sanción, al que consideraron exiguo para el daño ocasionado (ver aparte).

Por eso, junto al propio fiscal Beherán, ya están pensando en la apelación.

En tanto, Roldán, defendido por el abogado Pablo Di Lollo, había afirmado en sus palabras finales que “decidí huir, porque me sentía asustado”, al aludir a las circunstancias en que fuera arrestado como el presunto autor material del hecho.

Con respecto al móvil del ataque, la acusación sostuvo que “Julia Flammini murió, porque no accedió a los deseos sexuales de Roldán”.

Asimismo, se entendió que este crimen se enmarca “perfectamente” dentro de la calificación de violencia de género, “porque es justamente el género lo que no puede resultar indiferente, ya que hay una clara situación de dominación”.

“Actuó sobre seguro”, se expresó a la hora de los alegatos, “cuando Roldán entró al baño sabía que él no corría riesgos”.

Sin embargo, los jueces no tuvieron ese mismo criterio y encuadraron el hecho en un homicidio simple.

Según trascendió, Roldán de 39 años, es nacido en Quilmes, pero con domicilio en Florencio Varela. Es divorciado, tiene una hija adolescente y trabaja como Jefe de la oficina de despacho de la Universidad Tecnológica Nacional de La Plata.

Además cumplió con una probation por una denuncia por “lesiones” que le realizó una ex pareja y actual compañera de trabajo, que el imputado se excusó diciendo que le hicieron esa falsa acusación con la única intención de “sacarle dinero”.

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