Atropelló, mató y, por ahora, no va preso: furia en los tribunales

La víctima, Martín Recalt, tenía 16 años y jugaba al fútbol. La pena fue de 3 años y 4 meses de prisión, pero no está firme

Todo se desarrollaba con calma hasta que los gritos desesperados de la madre del chico de 16 años, un futbolista de Quilmes que murió tras ser atropellado -según el fallo- por una camioneta que manejaba un borracho, a alta velocidad, estallaron en la pequeña sala de audiencias del primer piso del fuero penal platense.

Allí, cerca del mediodía, se terminaba de conocer el fallo que condenó a 3 años y 4 meses de prisión a Marcelo César Ibáñez (47) por “homicidio culposo agravado”, en perjuicio de Martín Horacio Recalt, y “lesiones culposas agravadas” de las que resultaron víctimas Carlos Nahuel Gómez y Maximiliano Ragone.

El padre de Recalt se acercó a su mujer que insultaba al procesado y no aguantó más: tumbó al condenado de una certera trompada en la cabeza. Luego lo amenazó de muerte (ver nota aparte).

En la sala se generó a partir de allí un caos, con otros familiares y allegados que forcejeaban, unos para calmar al atacante y otros que querían seguir con las agresiones.

La jueza Claudia Greco, del juzgado Correccional 4 de nuestra ciudad, le impuso al acusado una pena a cumplir, aunque por ahora no irá a la cárcel ya que la sanción debe quedar firme para que se haga efectiva.

Pero como hay varias instancias para recurrir -Casación, Corte bonaerense y de la Nación- hay remotas posibilidades de que el condenado pague su culpa en prisión, explicó ayer un vocero judicial.

Además explicó que como en la acusación no se pidió que el imputado quede detenido luego del fallo, y en Casación hay jurisprudencia que sostiene la imposibilidad de llevar a alguien a prisión si no hay impulso por parte del ministerio público, Ibáñez se fue a su casa, a pesar de que la pena supera los tres años y por ello debería ser de cumplimento efectivo.

También recibió una inhabilitación de 8 años para conducir, pero “la misma -igual que la pena de prisión-se comenzará a cumplir cuando quede firme, de modo que el condenado, si quería, podía volver tranquilamente a su casa manejando, sin ningún impedimento”, señaló la fuente consultada.

De todas estas circunstancias fueron tomando conocimiento, algunos ya lo sabían, los familiares y amigos de las víctimas, y por eso hubo violentas reacciones y fuertes insultos hacia la Justicia, ante la “impunidad que hay para estos casos”, contó un amigo del chico que murió.

En el fallo se dio por acreditado que el 22 de septiembre de 2013, a las 10, Recalt, Gómez y Ragone cruzaban diagonal 79 y 4, y ya próximos a subir a la vereda fueron embestidos por una Ford EcoSport gris, “cuyo conductor presentaba un primer grado de intoxicación alcohólica y transitaba a una velocidad superior a la permitida”.

También se indicó que la camioneta iba por diagonal 79 en dirección a plaza San Martín y al llegar a la esquina de 4 en “forma brusca realizó una maniobra de giro a la derecha, previo frenar, perdiendo de ese modo el control, derrapando en forma oblicua, ascendiendo de este modo a la vereda, impactando contra un árbol y un cesto de basura”.

“Como consecuencia del atropello se produjo la muerte de Recalt” y lesiones a los otros dos jóvenes, se destacó en el fallo.

Para graduar la pena, la jueza valoró como agravante “el elevado exceso de velocidad (92 km/h), más de 30 del límite permitido, y que circulaba en una zona comercial, donde hay un supermercado y una estación de servicio”.

Entre las pruebas sobre la autoría, la magistrada citó la “falta de deber de cuidado que consistió en conducir en estado de intoxicación alcohólica muy superior a la permitida, lo que le impidió conservar el dominio de la camioneta”.

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