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La Justicia platense ordenó a ABSA suspender “de manera inmediata” las intimaciones por deuda en los pagos de la boleta del servicio de agua que presta la firma, al tiempo que ordenó que detenga todos los procesos de cobro a clientes morosos en marcha.
La medida fue dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo de Luis Arias, como derivación de la sentencia de la Suprema Corte bonaerense que determinó que la empresa prestataria del servicio de agua y cloacas debe devolver a sus clientes el tarifazo del 180% que aplicó desde mayo de 2012.
Arias hizo lugar a una medida cautelar presentada en su juzgado por el ex diputado Oscar Negrelli, quien también impulsó un recurso, todavía pendiente de resolución, en el que pide que ABSA suspenda y restituya el 25 por ciento de cada factura hasta tanto efectúe la restitución del aumento ordenada por la Corte.
En el fallo, que se conoció el jueves, el magistrado platense también ordena a ABSA a que en un plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la cautelar, comunique a todos los usuarios que ya han sido efectivamente intimados al pago de las deudas originadas a partir de la vigencia del aumento de 2012 la suspensión de esos procesos “por los mismos medios a través de los cuales fueron cursadas dichas intimaciones”.
En los considerandos del fallo se destaca que las intimaciones cursadas a los usuarios por deudas contraídas desde que se aplicó el aumento “devienen prima facie arbitrarias, toda vez que la prestataria del servicio estaría reclamando una obligación -al menos parcialmente- sin causa”.
El Juzgado Contencioso Administrativo 1 de La Plata es el encargado de ejecutar la sentencia de la Suprema Corte contra el aumento que fijó en 2012 ABSA, que llegó hasta el 180 por ciento, y disponer la modalidad de la devolución de lo cobrado de más desde entonces, en un proceso.
La semana pasada, desde ese Juzgado pidieron a la prestataria un informe sobre la cantidad de usuarios afectados por ese controvertido tarifazo, el monto total recaudado en ese concepto, y los balances de los últimos ejercicios.
La pelea por el polémico aumento se inició en 2012 con el argumento de que se trataba de una disposición ilegal, ya que la Provincia lo había establecido sin la previa celebración de una audiencia pública en la que usuarios y asociaciones de defensa del consumidor expresen sus puntos de vista, ante el valor de la prestación del servicio público.
Fuentes provinciales habían calculado en diciembre pasado, cuando la Suprema Corte difundió el fallo, que la decisión implica una suma superior a los 1.800 millones de pesos, muy superior a su facturación anual.
En la pulseada hay otro factor en análisis, ya que con posterioridad al tarifazo de 2012, la empresa dispuso en enero de este año otro aumento del 40% en promedio. Mientras los demandantes sostienen que debe quedar también sin efecto, desde ABSA afirman que este nuevo ajuste se realizó sobre el metro cúbico de agua y no en términos porcentuales, como fue el anterior.
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