Otro paso para el pago de deudas a los jubilados

Más de 2 millones podrán acordar con la ANSeS retroactivos y la actualización de sus haberes

El Gobierno nacional publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la ley de Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados de la Nación, sancionada por el Congreso el 29 de junio pasado, que habilita además un nuevo blanqueo de capitales no declarados, que aún debe reglamentarse.

La sanción del megaproyecto abre ahora un extenso cronograma, que se estima podría ser de dos años, en el que un universo elegible de 2.400.000 beneficiarios tendrán que suscribir acuerdos individuales con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para acceder tanto al incremento adicional de sus haberes como al cobro de los reclamos ante la Justicia.

TRES GRUPOS

Dentro de esos jubilados, la ley distingue tres grupos: los que tienen sentencia judicial firme, los que tienen la demanda en curso pero aún no tienen sentencia y los que no recurrieron a la vía judicial.

Los tres casos tendrán una actualización en sus haberes jubilatorios que oscila entre el 35 y el 51 por ciento, pero con un tratamiento diferente en lo que respecta a los haberes retroactivos.

Aquellos con sentencia firme cobrarán lo adeudado el 50 por ciento al contado y el resto en cuotas, a los que no tengan fallo judicial se les pagará con el mismo criterio pero solamente los últimos 48 meses, en tanto quienes no hayan iniciado juicio no tendrán derecho a retroactividad.

El costo fiscal de la medida es de unos 75 mil millones de pesos anuales por los ajustes de las jubilaciones, a los que deben sumarse una suma de 47.000 millones a 55.000 millones de pesos para el pago de los retroactivos y 1.946 millones por el cambio en el coeficiente para calcular las jubilaciones.

Asimismo, se declara la emergencia en materia de litigiosidad previsional, que tendrá vigencia por tres años.

PRIORIDAD Y NUEVA PENSION

Se dará prioridad a las personas mayores de 80 años y a aquellas que padezcan una enfermedad terminal cuyo desarrollo o desenlace pueda frustrar la finalidad de la presente ley.

Se crea la pensión universal para el adulto mayor, de carácter vitalicio y no contributivo, para personas de 65 años. El beneficio será financiado con aportes del Tesoro Nacional y se mantendrá hasta que haya una nueva ley de reforma previsional.

Además, se ratificó la continuidad por tres años de la moratoria previsional para mujeres de 60 años y de un año para los hombres de 65 años.

Por otra parte, se ratifica el acuerdo del 23 de mayo firmado entre el Gobierno y las provincias por el que se acuerda reducir la detracción de los 15 puntos porcentuales de la masa de recursos coparticipables.

Se crea además la comisión mixta de control y prevención de la litigiosidad previsional, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, y también se impulsa el Consejo de Sustentabilidad Previsional.

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