El Estado deberá reconocer bonificaciones suspendidas durante el Efecto Tequila

El dr. Guillermo Ricci, especialista en derecho administrativo, brindó detalles del fallo que en las últimas semanas ordenó al Estado reconocer bonificaciones por antigüedad a empleados estatales suspendidas durante 1994, cuando el país se blindaba ante la onda expansiva de la crisis mexicana que puso al Mundo en jaque. 

Según explicó el letrado los demandantes, trabajadores del Estado, reclaman que se le reconozca y reintegre un beneficio que percibieron desde el año 1990 hasta 1994 cuando quedó suspendido de forma momentánea por el bajón económico que sobrevino en la argentina por el Efecto Tequila. 

REDUCCIONES SALARIALES PARA ENFRENTAR LA CRISIS

En aquel entonces, se tomó la decisión de llevar adelante un ajuste con el que se pudiera hacer frente a la dura situación que se vivía a nivel nacional por la fuga de capitales y una fuerte especulación por el dólar. Una de las medidas adoptadas consistió en reducir las cargas laborales de los empleados del estado.

Quien se desempeña como profesor de Derecho Administrativo en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de La Plata, detalló que se trata de un reconocimiento de bonificaciones por antigüedad que estaban establecidas desde el año 1990 con una ley especial que contemplaba un 3% anual para todos los empleados públicos, pero cuyo pago había quedado suspendido tras el impacto que produjo en la economía argentina el Efecto Tequila. 

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En esta línea señaló que, la justicia analiza ahora, año por año, cada ley de presupuesto que se estableció durante los últimos años ya que en el caso de que el Estado se haya comprometido con los empleados a que la suspensión iba a ser transitoria, el empleado está en derecho de exigir este reconocimiento, año por año desde que dejó de recibirlo.

"Se supone que si la suspensión de las bonificaciones era transitoria, se puede reclamar la incorporación al salario de todo lo que se retrajo" remarcó en diálogo con JUSTICIA EN PRIMERA PERSONA

Esta decisión adoptada por el Tribunal de primera instancia ya cuenta con la revisión y ratificación de la jueza en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, María Ventura Martínez por lo que ahora se espera la apelación del Estado.
 

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