Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar
Deportes |ANTE UNA GUERRA JUDICIAL

El decreto que lo condenaría a pagar la cláusula

31 de Agosto de 2020 | 04:42
Edición impresa

El Barcelona recibió ayer un rotundo respaldo de LaLiga de España sobre su consideración acerca del contrato vigente del astro argentino Lionel Messi, quien en un eventual litigio judicial podría ser condenado a pagar una indemnización por romper el vínculo de manera unilateral.

LaLiga emitió ayer un comunicado en el que afirma que “el contrato (de Messi) se encuentra actualmente vigente y cuenta con una cláusula de rescisión aplicable al supuesto de que decidiera instar la extinción unilateral anticipada del mismo, efectuada conforme al artículo 16 del Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio”.

“En cumplimiento de la normativa aplicable, LaLiga no efectuará el trámite de visado previo de baja federativa al jugador si no ha abonado previamente el importe de dicha cláusula”, advierte el órgano rector del campeonato español.

UN DECRETO QUE REGULA LA RELACIÓN LABORAL

El decreto mencionado, que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, refiere en su artículo 16 a los efectos de la extinción del contrato por voluntad del deportista.

En su apartado número 1 dispone que “la extinción del contrato por voluntad del deportista profesional, sin causa imputable al club, dará a éste derecho, en su caso, a una indemnización que en ausencia de pacto al respecto fijará la Jurisdicción Laboral en función de las circunstancias de orden deportivo, perjuicio que se haya causado a la entidad, motivos de ruptura y demás elementos que el juzgador considere estimable”.

“En el supuesto de que el deportista en el plazo de un año desde la fecha de extinción, contratase sus servicios con otro club o entidad deportiva, éstos serán responsables subsidiarios del pago de las obligaciones pecuniarias señaladas”, abunda.

Este último punto sólo afecta a clubes españoles dado que se trata de una normativa nacional, por lo que la justicia española no puede considerar corresponsable a una entidad del extranjero.

 

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Full Promocional mensual

$650/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

Básico Promocional mensual

$500/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme
Ver todos los planes Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional mensual
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$500.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $3950.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla