
EN VIVO | Bajo un fuerte operativo, Milei cierra en La Plata el congreso libertario
EN VIVO | Bajo un fuerte operativo, Milei cierra en La Plata el congreso libertario
Detuvieron a un ginecólogo en una clínica de La Plata: lo acusan de abuso sexual a una paciente
Nuevo aumento en el precio del boleto de micro en La Plata: los valores y desde cuándo rigen
Por otro paro mañana tampoco habrá clases en varias escuelas de La Plata y la Región
¿"La piedra de Tandil" por Joni Viale? Feinmann y una foto sugestiva tras la eliminación de River
Duro revés para Wanda Nara: Mauro Icardi se llevará a sus hijas, autorizado por la Justicia
Estallaron los memes por la temprana eliminación de River en el Mundial de Clubes
Otro finde con Colapinto en la Fórmula 1: la agenda del argentino en el Gran Premio de Austria
"Estrellas y Estrellados", mañana con EL DIA: escándalos, farándula y la cartelera más completa
Destrozó el buffet universitario donde trabajaba y subió el video a Tik Tok
Mayra Mendoza se tatuó una tobillera como gesto hacia Cristina
Desfile de película en Reggia di Caserta: Max Mara presentó su colección Resort 2026
Detuvieron a un hombre por amenazar de muerte a Patricia Bullrich en redes sociales
Universitario: tras el fallo, la comisión directiva respaldó al presidente
Oportunidad para vender su auto usado publicando GRATIS sábado y domingo
LLA y el PRO, más cerca de un acuerdo en la Provincia, pero no aflojan los tironeos
"Somos...": Javier Milei habló sobre los rumores de reconciliación con Fátima Florez
Gran Hermano 2025: la frase que Luz Tito le dijo al oído a Tato Algorta ¿Le tiró onda?
Una mañana con escarcha y bajo cero en La Plata: la ola polar no afloja y ¿llueve el finde?
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
ÁNGEL R. COLOMBO Y SABRINA E. CASTELLANO (*)
Mediante la Resolución General N° 5101 –BO del 19/11/21-, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a la reglamentación de la ley de alivio fiscal y moratoria 2021. En tal sentido, se dispuso que la condonación de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social –incluye sus accesorios- alcanza a las obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31/08/21, no canceladas o regularizadas a la fecha de la solicitud del beneficio dispuesto por el Título I de la Ley N° 27.653 (Condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, micro y pequeñas empresas y personas humanas consideradas pequeños contribuyentes con deudas inferiores a $ 100.000).
Se encuentran excluidas del presente beneficio las obligaciones sobre a) Cuotas con destino a las ART; b) Aportes y contribuciones al Sistema Nacional de Obras Sociales;
c) Aportes y contribuciones de seguridad social para empleados del servicio doméstico y trabajadores de casas particulares; d) Cuotas del Seguro de Vida Obligatorio; e) Aportes y contribuciones con destino al RENATRE o RENATEA, según corresponda; f) Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias; g) Impuesto PAIS; h) Retenciones y percepciones practicadas y no ingresadas
Son requisitos: a) Poseer domicilio fiscal electrónico constituido; b) Haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas determinativas e informativas a las que hubiera estado obligado el contribuyente, con vencimiento operado a partir del 01/01/16; c) CUIT activo sin limitaciones; d) No registrar baja en impuestos por omisión en la presentación de DDJJ; e) Haber registrado en el “Sistema Registral” la forma jurídica que corresponda; f) Código actualizado de la actividad desarrollada de acuerdo con el CLAE;
g) Las Micro y Pequeñas Empresas deberán contar con el Certificado MIPYME vigente;
i) Las personas humanas y sucesiones indivisas serán consideradas “Pequeños Contribuyentes” cuando registren inscripción en los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y/o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al día de entrada en vigencia de la Ley N° 27.653, si revistieron la condición de activo en alguno de dichos impuestos durante el año 2020 y cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones: 1) Registrar ingresos que no superen el monto equivalente a los ingresos brutos máximos de la categoría K vigente al mes 12/20 correspondiente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes; 2) En caso de haber realizado la presentación de la DDJJ del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2020, que el total de bienes del país y del exterior gravados y exentos declarados -sin considerar ningún tipo de mínimo no imponible- no superen el monto de pesos $ 20.000.000
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
LE PUEDE INTERESAR
Humor económico
En cuanto al Régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes, aquellos que hayan adherido al régimen de regularización de deudas dispuesto por Ley N° 27.639 (Programa de Fortalecimiento y Alivio para Pequeños contribuyentes), a fin de gozar del beneficio de condonación en las condiciones previstas, podrán solicitar hasta el 16/02/22 la anulación de los planes de facilidades de pago oportunamente presentados.
En relación a la moratoria fiscal, el beneficio de condonación de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social -incluidos los intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás sanciones- alcanza a las obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31/12/21. El acogimiento, puede hacerse hasta el 15/03/22. A tales fines, se requiere:
a) Presentar DDJJ o liquidaciones determinativas de las obligaciones que se regularizan, cuando ellas no hubieran sido presentadas o deban rectificarse; b) Declarar la CBU de la cuenta que se debitarán los importes para la cancelación de cada una de las cuotas, en caso de que la adhesión al régimen de regularización se realice mediante planes de facilidades de pago; c) Domicilio Fiscal Electrónico.
La cantidad máxima de cuotas se determinará de acuerdo con el tipo de contribuyente y obligación, conforme se indica seguidamente: a) Entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, Micro y Pequeñas Empresas y sujetos considerados “pequeños contribuyentes”: 60 cuotas para regularizar los aportes de la seguridad social, así como las retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, y 120 cuotas para las restantes obligaciones; b) Medianas Empresas -Tramos 1 y 2-: 36 cuotas para regularizar los aportes de la seguridad social, así como las retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, y 60 cuotas para las restantes obligaciones; c) Demás contribuyentes, 24 cuotas para regularizar los aportes de la seguridad social así como las retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, y 36 cuotas para las restantes obligaciones.
Los planes de facilidades previstos por la Ley 27.541 (Solidaridad y Reactivación Productiva), caducos al 31/08/21, podrán rehabilitarse por única vez, hasta el 15/03/2022.
Para el resto de personas humanas y sucesiones indivisas se establece una deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible, que será aplicado en la declaración jurada correspond
Por su parte las micro y pequeñas empresas podrán realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 11/11/21 y el 31/12/22.
(*) Contador y Abogada de la Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí