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“Homicidio criminis causae”. Con esa imputación, regulada en el inciso 7º del artículo 80 del Código Penal, fue indagado ayer por la tarde Marcelo Saleh, el hombre de 55 años detenido por el asesinato de la estudiante de Derecho, Ayelén Estefanía Arredondo (23), ocurrido el sábado último en Altos de San Lorenzo. La figura legal fue convalidada por la jueza de garantías Marcela Garmendia, tras la requisitoria de detención que le formuló el fiscal Juan Menucci.
Según indicaron a este diario fuentes judiciales, Saleh ingresó a la audiencia en absoluto control de sus emociones, nunca levantó el tono de voz y hasta se mostró respetuoso con quienes participaban de ese acto procesal.
Los mismos voceros indicaron que, impuesto del grave cargo que pesa en su contra, se lo invitó a ejercer el derecho de defensa, pero se negó a declarar por consejo de su abogado defensor oficial.
De esta manera, continuará detenido a la espera del dictado de la prisión preventiva.
El homicidio criminis causae, según la norma citada, establece que la conducta delictual tiene como objetivo “preparar, facilitar, consumar, procurar impunidad o por no haber logrado el fin propuesto”.
En otras palabras, la figura requiere dolo directo y la conexidad con otro delito. Es necesario que se plasme el nexo psicológico entre el homicidio y la otra figura, es decir la preordenación anticipada, que el fin delictuoso funcione como motivo determinante del homicidio, lo requiere una decisión que puede incluso producirse súbitamente en la ejecución del hecho.
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Respecto de las circunstancias que desencadenaron en la salvaje agresión a golpes, con el resultado muerte para Arredondo, los pesquisas consultados por EL DIA dijeron que la principal pista que abona la investigación es que Saleh intentó ocultar el robo eliminando a un testigo directo del hecho.
Sin embargo, no pudieron descartar un posible ataque previo con finalidades sexuales.
La joven fue encontrada vestida, pero con la camisa desprendida. Y mostraba signos de defensa, en la lucha por intentar salvar su vida.
Según vecinos, el imputado habría referido sus perversas intenciones con la víctima, aunque esos dichos no cuentan con valor probatorio o legal alguno.
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