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Ordenan a Provincia vacunar contra el Covid a docente platense que está dentro del grupo de riesgo

Le da un plazo de 3 días para que le apliquen la dosis anti coronavirus. Sería el primer fallo que se dicta en esta materia

Ordenan a Provincia vacunar contra el Covid a docente platense que está dentro del grupo de riesgo
8 de Abril de 2021 | 07:39

La justicia en lo civil y comercial de La Plata le ordenó al Poder Ejecutivo bonaerense que, con plazo máximo de tres días, le aplique la vacuna contra el Covid 19 a una docente de nuestra ciudad, de 57 años, paciente oncológica, por ser "de riesgo", y porque a pesar de haberse anotado al plan de vacunación nunca fue llamada.

En tal sentido, este medio pudo saber hoy que en el fallo, que sería el primero que se dicta sobre la temática de la vacunación ante la pandemia, dictado por el juez José Daniel Dipp, se hizo lugar a un amparo interpuesto por la docente, con el patrocinio letrado del abogado Alejandro del Franco, en el que se reclamó la inmediata aplicación de la vacuna para la docente platense, por ser de riesgo.

También se indicó que en el amparo se pide que a la docente "se le aplique la vacuna contra el COVID-19 en el marco del Plan Provincial 'Buenos Aires vacunate' por resultar imprescindible para su salud y calidad de vida".

En la presentación se alegó que "al ser paciente oncológica forma parte de los llamados 'grupos de riesgo' y obviamente debe tomar mayores cuidados que el común de la población, debido a la alta posibilidad de que si contrae Covid, resulte fatal para ella".

Una fuente judicial detalló que la amparista "si bien se inscribió -al habilitarse los registros respectivos- no fue llamada a vacunarse", y por ese motivo interpuso acción de amparo para que se intime a la Provincia de Buenos Aires, a que en forma urgente, arbitre lo necesario para aplicarle la vacuna contra el Covid-19".

En el fallo el juez hizo lugar ala medida cautelar solicitada, al encontrarse "en principio, verosimilitud en el derecho invocado, sin que ello signifique anticipar el resultado del pleito, sino únicamente asegurar el derecho a la salud y a la vida consagrados constitucionalmente, ya que en caso contrario ocasionaría un perjuicio irreparable a la demandante".

Por ello el magistrado resolvió ordenar al Poder Ejecutivo bonaerense, que dentro del plazo de tres día de notificado, arbitre los medios necesarios para la provisión y aplicación de la vacuna.

Al mismo tiempo se le dio traslado de la demanda Fiscalía de Estado, que podría apelar o no lo dispuesto por el juez, explicaron voceros judiciales.

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