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Marcas y Tendencias |El 7 de septiembre

Elecciones 2025 en Ensenada: qué se vota y quiénes pueden participar en la Tercera Sección Electoral

ESPACIO PATROCINADO.- El 7 de septiembre, Ensenada elige diputados provinciales, concejales y consejeros escolares. También pueden votar extranjeros con residencia permanente empadronados

Elecciones 2025 en Ensenada: qué se vota y quiénes pueden participar en la Tercera Sección Electoral
3 de Agosto de 2025 | 04:00

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Los vecinos de Ensenada votarán el 7 de septiembre en el marco de la Tercera Sección Electoral. Se eligen diputados provinciales, concejales y consejeros escolares. 
El voto es obligatorio para ciudadanos entre 18 y 70 años. También pueden participar los extranjeros empadronados. La votación será con boleta partidaria en papel para cargos municipales y provinciales.

En las elecciones provinciales del 7 de septiembre de 2025, los ciudadanos de Ensenada votarán para renovar:

• Diputados y diputadas provinciales: se eligen 18 titulares y 8 suplentes en la Tercera Sección Electoral.

• Concejales municipales: 12 representantes del Concejo Deliberante de Ensenada.

• Consejeros y consejeras escolares: 5 miembros del Consejo Escolar del distrito.

En esta jornada no se eligen cargos nacionales, cuya votación será el 26 de octubre.

¿Cómo se vota en estas elecciones? Nuevo formato

Se utiliza el sistema de boleta partidaria en papel, dividida en dos cuerpos: uno para cargos provinciales y otro para municipales. Se puede:

• Votar una lista completa.

• Cortar boleta y elegir opciones de distintos partidos.

Quiénes pueden y deben votar

Pueden votar:

• Personas de 16 años o más al día de la elección.

• Extranjeros con residencia permanente y empadronados en Ensenada.

El voto es obligatorio para:

• Ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años.

Es optativo para:

Menores de 18 y mayores de 70 años.

Extranjeros empadronados.

¿Qué pasa si no voto?

Si estás dentro del rango obligatorio para emitir el voto y te ausentás sin una justificación válida, vas a quedar registrado como infractor y, de manera automática, podrías recibir una multa económica que en caso de no pagar, no te permitirá votar en las siguientes elecciones. 

También podrías tener restricciones para realizar trámites en organismos públicos por cierto período de tiempo, por lo que se recomienda estar preparados o conseguir los justificativos pertinentes.

Podés justificar tu ausencia si:

• Estás a más de 500 km del lugar de votación

• Tenés un problema de salud (con certificado)

• Presentás una causa de fuerza mayor comprobable

Consultá dónde votás

Ingresando a eleccionesbonaerenses.gba.gob.ar se puede consultar el lugar de votación, número de mesa y orden.

 

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