En la cuenta regresiva para el inicio del Mundial de Fútbol -donde la Selección Nacional buscará retener el título de campeón, la Cámara de apelaciones en lo Penal Económico confirmó la prohibición para salir del país que pesa sobre Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, presidente y tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
La resolución se da en el marco de la causa que revisa deudas millonarias de la entidad con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en la que ambos dirigentes fueron procesados por apropiación indebida de tributos agravada, por un lado, y apropiación indebida de recursos de la seguridad social, por el otro.
PUEDEN PEDIRLO
Uno de los argumentos esgrimidos por los camaristas que firmaron la resolución, Roberto Hornos y Carolina Robiglio, es que la prohibición no es “absoluta”, puesto que los dirigentes pueden pedir permiso a la Justicia para salir del país. Fue lo que hicieron, de hecho, en ocasiones previas, aunque con resultados dispares.
Los camaristas indicaron que la medida, ordenada por el juez que instruye el caso, Diego Amarante, está “justificada” y “tiende a garantizar la comparecencia del imputado a los llamados del juez de la causa cuando su presencia sea requerida”. Osea, consideraron que la restricción es razonable para asegurar la sujeción de los dirigentes del fútbol al proceso judicial.
“La decisión apelada, en cuanto a la situación de Claudio Fabián Tapia y Pablo Ariel Toviggino se encuentra actualmente ajustada a derecho y a las circunstancias de la causa, por lo que debe ser confirmada”, señalaron los magistrados.
Tapia y Toviggino fueron procesados el último lunes y embargados cada uno por 350 millones de pesos por no haber pagado en plazo más de 19.000 millones de pesos. Gran parte de esa deuda ya fue saldada pero el delito, según el criterio del juez, se configura desde el momento en que se vence el plazo de cobro.
No fueron los únicos dirigentes procesados: la resolución también alcanzó a Cristian Malaspina, secretario general de la AFA; a su gerente Gustavo Lorenzo; y a Víctor Blanco, ex secretario general. También a la propia AFA, en tanto persona jurídica, lo que le imprime a la maniobra investigada un fuerte rasgo institucional.
Las defensas de Tapia y Toviggino argumentaron que la prohibición que les impuso el juez Amarante carecía de fundamentación y era arbitraria.
Como en su resolución del lunes el juez Amarante dejó sin efecto la prohibición de salida del país que pesaba sobre Lorenzo, Malaspina y Blanco, ayer la Cámara penal decretó “abstracto” los planteos de ellos respecto a este punto.
Faltando sólo un par de meses para el Mundial de EE.UU, Canadá y México, la prohibición de salir del país para las autoridades de la AFA cobra especial dimensión. El torneo comienza el 11 de junio y dura más de un mes. Si la prohibición se mantiene hasta entonces, Tapia y Toviggino dependerán de la autorización del juez Amarante para viajar.
EL VIAJE A VENEZUELA
Los viajes al exterior tuvieron un momento de cierta estelaridad en la causa cuando la AFA se puso al frente de gestiones diplomáticas extraoficiales para repatriar al gendarme Nahuel Gallo, detenido en Venezuela en diciembre de 2024 y liberado a principios del pasado mes.
Tapia, que había sido habilitado por el juez Amarante para viajar al exterior, dio a conocer al juzgado que extendería su itinerario de viaje para ir a Venezuela, aunque en el marco de otras nuevas actividades institucionales que se habían sumado a su agenda.
Como ese tramo no había sido contemplado inicialmente y los vínculos diplomáticos con el país caribeño no gozaban de buena salud, el juez consideró que la sujeción de Tapia al proceso no estaba garantizada y le negó ese tramo del viaje.
Por las fechas en las que finalmente fue repatriado Gallo y el hecho de que volvió a bordo de un avión ligado comercialmente a la AFA, el juez Amarante, cuando rechazó el último pedido de Tapia para salir del país, marcó que el dirigente no había sido sincero respecto a los motivos de su pedido.
Fue por eso que Tapia no estuvo en la foto de la repatriación.
“Los hechos de público conocimiento que se sucedieron ponen de manifiesto otra posible finalidad de aquél viaje, permitiendo inferir que la justificación de las razones del viaje exteriorizada por el imputado ante esta judicatura resultó -cuanto menos- parcial”, indicó el magistrado en su escrito.
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