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Giro judicial en el cuádruple femicidio de La Loma: absolvieron a Marcelo Tagliaferro y Patricia Godoy

El Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló las condenas por falso testimonio agravado que habían recibido el remisero y la vecina vinculados a la causa. Los jueces consideraron que no se pudo probar que hubieran mentido deliberadamente durante sus declaraciones.

Por Redacción

La causa por el cuádruple femicidio de La Loma, uno de los crímenes más conmocionantes de la historia reciente de La Plata, sumó este miércoles un nuevo capítulo judicial. La Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense absolvió a Marcelo Alejandro Tagliaferro y Patricia Elizabeth Godoy, quienes habían sido condenados por falso testimonio agravado en el marco de la investigación por los asesinatos ocurridos en noviembre de 2011. 

La resolución hizo lugar a los recursos presentados por las defensas, dejó sin efecto las penas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de La Plata y ordenó la inmediata libertad de ambos, previo cumplimiento de los trámites legales correspondientes.

Los magistrados María Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini entendieron que las pruebas reunidas no alcanzaban para demostrar que los acusados hubieran declarado falsamente de manera intencional. De esta manera, revocaron las condenas que se habían dictado el 29 de diciembre de 2025.

Las condenas que ahora fueron anuladas

En el juicio realizado en La Plata, Tagliaferro había recibido una pena de siete años de prisión, mientras que Godoy había sido condenada a cuatro años y seis meses. En ambos casos también se había dispuesto una inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena.

El proceso había buscado determinar si ambos habían mentido durante la investigación que inicialmente apuntó contra Osvaldo “Alito” Martínez, pareja de una de las víctimas, quien finalmente fue absuelto del cuádruple homicidio.

Los testimonios del remisero y de la vecina habían tenido un peso importante en aquella etapa de la causa. Sin embargo, para los jueces de Casación, las contradicciones detectadas no demostraban por sí solas que los declarantes supieran que sus afirmaciones eran falsas.

Qué cuestionaron los jueces de Casación

En el caso de Patricia Godoy, quien era vecina de Martínez en Melchor Romero, los magistrados revisaron su declaración sobre haberlo visto llegar a su domicilio durante la madrugada de los crímenes.

Casación consideró que las inconsistencias señaladas en su relato no permitían descartar por completo su versión. Además, cuestionó que se hubiera utilizado como argumento en su contra la supuesta improbabilidad de que una mujer caminara sola de madrugada por una zona considerada peligrosa, al entender que ese razonamiento respondía a un estereotipo de género.

Respecto de Marcelo Tagliaferro, el análisis se centró en la identificación de un hombre que había visto en el domicilio donde ocurrieron los asesinatos. El remisero inicialmente sostuvo que no había podido reconocerle el rostro, pero después lo vinculó con Martínez, cuya imagen había circulado en los medios.

Los jueces consideraron que una identificación equivocada no demuestra necesariamente una mentira deliberada. Según el fallo, era posible que Tagliaferro hubiera reconstruido su recuerdo a partir de las imágenes difundidas públicamente y que creyera genuinamente en su identificación, aunque fuera errónea.

También señalaron que no se había probado que conociera la falsedad de sus afirmaciones ni que hubiera tenido la intención de perjudicar a Martínez.

El cuádruple femicidio que conmocionó a La Plata

Los asesinatos ocurrieron en noviembre de 2011 y tuvieron como víctimas a Bárbara Santos, su hija Micaela Galle, su madre Susana De Barttole y Marisol Pereyra.

En un primer momento, la investigación apuntó contra Osvaldo Martínez, quien permaneció detenido durante 185 días. Posteriormente fue absuelto en el juicio oral por los homicidios, mientras que Javier “La Hiena” Quiroga fue condenado por los crímenes.

La absolución de Tagliaferro y Godoy no modifica ese resultado judicial respecto de los asesinatos, sino que deja sin efecto las condenas que ambos habían recibido por falso testimonio agravado.

Con la nueva resolución, la causa vuelve a abrir un capítulo judicial en torno a las declaraciones que marcaron los primeros años de una investigación que tuvo un fuerte impacto público en La Plata.

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