La Justicia de La Plata resolvió mantener la medida de seguridad que restringe la libertad ambulatoria del menor -no punible- acusado de participar en el homicidio de Kim Gómez, pese al planteo de su defensa ante la puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil.
La decisión fue adoptada por la jueza del fuero, María José Lescano, quien consideró que la nueva legislación admite la adopción de medidas tutelares y que, por lo tanto, existe sustento normativo para mantener la disposición que pesa sobre el adolescente, actualmente de 15 años, quien sigue alojado en un instituto.
Como este diario anunció en su edición anterior, la resolución se conoció luego de la audiencia realizada el lunes pasado, en la que el defensor Ricardo Berenguer había solicitado el cese de la medida.
El planteo se basó en la entrada en vigencia de la Ley 27.801 y la derogación del régimen establecido por la Ley 22.278, bajo el argumento de que ya no existiría sustento legal para mantener el encierro.
La fiscal del fuero, Carmen Ibarra, se había opuesto a ese pedido. Durante la audiencia sostuvo que para determinar cuál es la legislación más favorable debe analizarse el conjunto de las normas y no tomar de cada régimen solamente las disposiciones que resulten beneficiosas para el acusado.
En ese sentido, había planteado que la Ley 22.278 era más favorable para este adolescente porque, al momento del hecho, establecía la no punibilidad para los menores de 16 años.
Bajo el nuevo régimen, que establece responsabilidad penal desde los 14 años, su situación habría sido diferente si esa normativa hubiera estado vigente cuando ocurrió el crimen.
La discusión también había alcanzado la posibilidad de mantener medidas de seguridad bajo el nuevo régimen, un aspecto que genera distintas interpretaciones jurídicas.
Finalmente, Lescano entendió que existe respaldo normativo para mantener la medida, que es de dos años de encierro a partir del día del hecho.
El adolescente, como se sabe, está vinculado a la causa por el crimen de Kim Gómez, la niña de 7 años asesinada el 25 de abril de 2025 en Altos de San Lorenzo.
Por su edad al momento del hecho, no recibió una condena penal, aunque permanece bajo una medida de seguridad.
La situación había sido analizada previamente por distintas instancias judiciales.
La jueza Lescano había dispuesto inicialmente la medida, que luego fue confirmada por la Cámara de Apelaciones con fundamento en el artículo 64 de la Ley 13.634 bonaerense, que contempla, como excepción y ante casos de extrema gravedad, la restricción de la libertad de menores no punibles.
Más tarde, la Sala V del Tribunal de Casación, integrada por Manuel Bouchoux y Daniel Carral, tomó contacto personal con el adolescente y analizó los informes elaborados por los equipos interdisciplinarios.
Los magistrados consideraron que se verificaba una evolución favorable en distintos aspectos de su vida, pero igualmente resolvieron mantener la medida de seguridad y descartaron que existieran vulneraciones constitucionales.
El crimen de Kim Gómez también tiene un condenado: Tobías Godoy, a quien el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 de La Plata le impuso una pena de 23 años y 4 meses de prisión por su participación en el hecho.
Este fallo, cabe aclarar, despertó la reacción de la abuela de otro menor asesinado en La Plata. Se trata de Mateo Yagame, cuyo agresor, también no punible, sí se vio beneficiado con el cese de la medida de seguridad.
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