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El impacto del fallo de la corte que obliga a subir salarios a universitarios

El máximo tribunal dejó firme una resolución de primera instancia y confirmó la cautelar a favor de las casas de estudios 

Por Redacción

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ayer dos planteos impulsados por el Gobierno nacional y dejó firme la medida cautelar que obliga al Estado a aumentar salarios a docentes y no docentes universitarios, llamar a paritarias e incrementar el presupuesto destinado al funcionamiento de las unidades académicas y para becas tal como lo prevé la ley de financiamiento que el Congreso aprobó en agosto del año pasado y que luego vetó el presidente, Javier Milei, lo que derivó en multitudinarias marchas en todo el país.

El fallo representa un nuevo revés judicial para la administración libertaria en su pelea con el sistema universitario. Sin embargo, el máximo tribunal evitó pronunciarse sobre el fondo de la controversia y limitó su intervención a una cuestión procesal.

Doble rechazo

A través de dos resoluciones, la Corte rechazó tanto un recurso extraordinario como una queja presentados por el Estado en la causa colectiva iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN, que agrupa a los rectores), la Federación Universitaria Argentina (FUA) y gremios docentes y no docentes.

En el primero de los expedientes, referido a la medida cautelar, el tribunal sostuvo que los pronunciamientos que conceden o rechazan cautelares no constituyen sentencias definitivas y, por lo tanto, no habilitan la revisión extraordinaria. En el segundo, también descartó una queja presentada por el Gobierno al considerar que tampoco existía una sentencia definitiva susceptible de revisión.

De esta manera, la cautelar concedida por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 y confirmada luego por la Cámara Contencioso Administrativa Federal continuará vigente mientras se resuelve la cuestión de fondo.

En la resolución que firmaron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte dejó firmes aspectos similares a los que acordaron el Gobierno y los rectores en un acta del pasado 10 de junio. Obliga a cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, que dispone pagar actualizaciones salariales desde 2023 a la fecha y recomponer programas y becas para estudiantes.

La diferencia entre el texto normativo, que el máximo tribunal manda a aplicar, y el acuerdo salarial firmado es que este último atendía a una recomposición menor y solo de las Becas Manuel Belgrano.

La propuesta que aceptaron los rectores contempla un aumento del 24,33%: 21,33% a pagarse en junio y un 3% adicional en octubre. La actualización incluye la recuperación de 2025, un ajuste por inflación hasta mayo de 2026 y una recomposición del 7% a cuenta de la pérdida de poder adquisitivo de 2024.

Además, incluye un 20% de aumento para los gastos de funcionamiento y un 50% para las becas Manuel Belgrano, exclusivas para carreras universitarias o terciarias vinculadas a áreas estratégicas, que se mantienen congeladas en $81.685 desde 2024.

Pero deja afuera el deterioro arrastrado desde diciembre de 2023 y las subas en las Becas Progresar. Por eso, el sector universitario mantuvo abierta la demanda judicial por el cumplimiento efectivo de la ley sancionada por el Congreso, al considerar que el entendimiento alcanzado con el Poder Ejecutivo constituía una solución transitoria que no reemplazaba los mecanismos permanentes de actualización previstos en el texto que el Parlamento aprobó.

Fuentes gremiales, en tanto, adelantaron que exigirán una recomposición salarial de 32,5% a partir del fallo judicial conocido ayer.

“Vamos a seguir reclamando por el pleno cumplimiento de la ley, por la recuperación de nuestro salario y por más presupuesto para la Universidad”, advirtieron desde la Asociación de docentes de la Universidad Nacional de La Plata (Adulp).

Desde el punto de vista sindical, la discusión central pasa por la brecha entre los salarios universitarios y la inflación registrada desde el inicio de la gestión libertaria.

Alcances

La resolución de la Corte no da por cerrado el litigio.

La cuestión de fondo —es decir, si es constitucional o no el decreto que suspendió la ejecución de la normativa— debe ser resuelta por el juez de primera instancia, Martín Cormick. Se trata del mismo magistrado que hizo lugar a la medida cautelar que ayer ratificó la Corte y que exige al Gobierno a actualizar salarios, becas y partidas presupuestarias.

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