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La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

Por Redacción

La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Estado nacional a aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. El máximo tribunal rechazó un recurso presentado por el Gobierno al considerar que no existía una sentencia definitiva, por lo que mantuvo vigente la actualización salarial para docentes y no docentes y la recomposición de programas destinados a estudiantes.

La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no tendrá un impacto económico inmediato, ya que el pasado 10 de junio el Poder Ejecutivo había acordado con las universidades una serie de incrementos presupuestarios.

En ese acuerdo, el Gobierno se comprometió a transferir fondos para otorgar una suba del 24,33% en la masa salarial, incrementar en un 20% las partidas destinadas a gastos de funcionamiento y elevar hasta los 50.000 millones de pesos los recursos para hospitales universitarios.

Si bien la decisión judicial no modifica ese escenario, el fallo es interpretado como un respaldo a la vigencia de la ley de financiamiento universitario.

Qué establece la cautelar

La causa se inició a partir de un amparo colectivo promovido por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y distintas universidades nacionales, que cuestionaron el decreto 759/2025. Esa norma establecía que la ley solo podría aplicarse una vez definidas las fuentes específicas de financiamiento.

En una instancia previa, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal había ordenado, como medida cautelar, el cumplimiento inmediato de los artículos 5 y 6 de la ley. Esos puntos contemplan la actualización de los salarios del personal docente y no docente desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además de la recomposición de los programas estudiantiles.

La cautelar, sin embargo, no alcanzó a otros aspectos previstos en la ley, como la recomposición presupuestaria para 2024 y 2025 ni diversas partidas vinculadas a programas de asistencia y fortalecimiento institucional.

Al ratificar la medida, la Cámara Contencioso Administrativa Federal consideró que el Estado no había logrado desvirtuar los argumentos presentados por las universidades. Además, sostuvo que el Congreso había insistido con la sanción de la ley y cuestionó que el Ejecutivo condicionara su aplicación mediante una norma de jerarquía inferior.

Los camaristas también advirtieron que el incumplimiento podía generar un deterioro salarial capaz de afectar el derecho a enseñar y aprender, al tiempo que señalaron que el ahorro fiscal derivado de no aplicar la norma no representaba un monto significativo dentro del presupuesto nacional.

El recorrido judicial

La disputa comenzó luego de que el Gobierno nacional vetara la Ley de Financiamiento Universitario. Posteriormente, el Congreso insistió con su sanción y, una vez promulgada, el Ejecutivo subordinó su aplicación a la definición de las fuentes de financiamiento.

Tras el fallo favorable a las universidades en la Cámara, el Estado apeló ante la Corte Suprema. También recusó a los jueces que habían intervenido en el expediente y solicitó la excusación de los integrantes del máximo tribunal por desempeñarse como docentes universitarios.

La Corte ya había rechazado esos planteos y, con la resolución conocida este jueves, volvió a cerrar esa vía al declarar inadmisible el recurso del Estado.

De esta manera, quedó firme, al menos en esta etapa del proceso, la obligación de cumplir con los artículos 5 y 6 de la ley, mientras continúa la discusión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto 759/2025.
 

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