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La Ciudad |la mayoria acata la ley antitabaco

Dar fuego en el kiosco, un hábito en retroceso

Tampoco venden más cigarrillos sueltos. Los comerciantes dicen que pueden multarlos

19 de Enero de 2016 | 02:55

En otro avance hacia los hábitos saludables, crece en la Ciudad la cantidad de kioscos que dejaron de vender cigarrillos sueltos y de dar fuego a los fumadores al paso. La ley antitabáquica - 26.687 - prohíbe comercializar tabaco por menos de menos de diez unidades y obliga a los comercios con locales cerrados a ser espacios libres de humo, por lo que tampoco se puede ofrecer en ese tipo de negocios el servicio de préstamo de un encendedor.

Aunque todavía la medida no está siendo acatada por la totalidad de los kioscos de la Región, la gran mayoría ya no dispensa cigarrillos fuera de los empaquetados ni ofrece fuego. “Es que no podemos ni vender sueltos ni prestar encendedor. La Municipalidad nos multaría y las distribuidoras de tabaco también nos han advertido”, explicó Ximena Morales, empleada de un polirrubro de la avenida 7 entre 53 y 54 donde un cartel bien a la vista de los consumidores indica: “este ambiente es 100 % libre de humo”.

Otro de los locales donde se aclara, con indicación explícita, que no se venden cigarrillos sueltos se sitúa en 51 entre 7 y 8. “Hay fumadores que estaban acostumbrados a pasar por acá y a prender su cigarrillo y ahora se quejan por la disposición, pero nosotros no hacemos más que cumplir con la ley”, precisó uno de los encargados del kiosco, Tomás D´Ambrosio.

En el kiosco de 7 y 50 uno de los empleados fue contundente: “no vendemos cigarrillos sueltos porque las mismas cigarreras nos avisaron que no se puede”, resaltó el hombre.

Una ley de alcance nacional

La ley, de carácter nacional y a la que ha adherido la mayor parte de las provincias del país, fue sancionada en 2011 y reglamentada dos años después. De acuerdo al artículo 21, “se prohíbe la venta, ofrecimiento, distribución, promoción y/o entrega, por cualquier título de productos elaborados con tabaco: a) en paquetes abiertos; b) en paquetes cerrados con menos de diez (10) unidades; y c) a través de máquinas expendedoras”.

Además, la misma norma reitera la prohibición de fumar “en lugares cerrados de acceso público”, por lo que tampoco se permite dar fuego en el interior de los locales y así, en muchos kioscos, se fue desterrando la costumbre de mantener atado al exhibidor de mercadería, al alcance de los clientes, un encendedor.

Según uno de los fundamentos de la ley, “la prohibición amplia de la publicidad y la promoción del tabaco pueden disminuir el consumo y evitar la iniciación en los adolescentes”.

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