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Docentes: licencias especiales por enfermedades crónicas

3 de Marzo de 2008 | 01:00
El acuerdo paritario entre los gremios docentes y el gobierno de la Provincia ha incluido la incorporación de las licencias por enfermedades crónicas, indicaron fuentes de la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB). Según los mismos voceros, dentro de este grupo se encuentran hay más de 5.000 docentes.

Según se explicó, se trata de una figura que no estaba contemplada en el Estatuto del Docente y que había sido parte del pedido de la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB) durante muchos años para contemplar la situación de miles de trabajadores que se encuentran en esa situación en el sistema educativo provincial.

Puntualmente, ahora los docentes que padezcan enfermedades crónicas, no tendrán necesidad de agotar las licencias extraordinarias y, consecuentemente, podrán hacer uso de este derecho sin dejar de percibir sus haberes.

"Hasta ahora, existían muchos maestros que debían pedir licencias extraordinarias a causa de enfermedades crónicas y, cuando éstas se agotaban, dejaban de cobrar sus salarios, ocasionando un perjuicio muy grande", explicó la presidente de la FEB, Mirta Petrocini.

Entre las enfermedades que se incluyen en el listado de enfermedades crónicas, se encuentran el síndrome de inmunosupresión adquirido, la pancreatitis crónica, las hepatitis B, C y no clasificadas que evolucionan a la cronicidad con insuficiencia hepática, insuficiencia renal crónica, anemias crónicas y enfermedades metabólicas con afectación sistemática con insuficiencia en órganos y sentidos. De acuerdo a los datos brindados por fuentes gremiales, hay entre 5.000 y 7.000 docentes en actividad que padecen alguna de estas patologías.

El texto del acuerdo explica que a partir de ahora, cuando la incapacidad laborativa fuere total y temporaria y la causal esté directamente vinculada con las patologías crónicas, el docente no dejará de percibir su salario, sin disminución alguna en sus haberes. La nueva normativa rige para docentes titulares con menos de 5 años de antigüedad, con más de 5 años y para el personal provisional. En el caso de los docentes suplentes, gozarán del mismo derecho, siempre y cuando el término del otorgamiento no exceda los términos de la designación y acrediten haber sido designados en la suplencia con anterioridad al diagnóstico de su patología.

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