"Muerte digna": respaldo al pedido de la familia de un paciente

Hace veinte años quedó en estado vegetativo por un accidente de tránsito. La procuradora general de la Nación solicitó que se autorice la desconexión de los aparatos que lo mantienen con vida, respaldando lo solicitado por las hermanas de la persona

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, respaldó el pedido de una familia para la "muerte digna" de una persona que permanece veinte años en estado vegetativo, por lo que solicitó se autorice la desconexión de los aparatos que lo mantienen con vida.

"El retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial pertenece a su zona de reserva, garantizada por el derecho a la autonomía personal", sostuvo la jefa de los fiscales en un dictamen remitido a la Corte Suprema.

El paciente quedó en estado vegetativo irreversible como consecuencia de un accidente de tránsito en 1994 y permanece internado en una institución provincial desde hace 11 años.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén había avalado el pedido de las hermanas del hombre para suspender "la supresión de la hidratación y la alimentación". Pero el curador judicial y el representante del Ministerio Público de Incapaces, en representación del paciente, apelaron la medida.

De ese modo, el expediente llegó a la Corte Suprema, que pidió opinión a la procuradora Gils Carbó. La procuradora basó su decisión en un informe del Cuerpo Médico Forense que indica que "de acuerdo con los estudios de resonancia nuclear magnética, el daño cerebral es irreversible".

Gils Carbó recordó que en 2012 fue sancionada la denominada "ley de muerte digna", que "recepta el derecho del paciente a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos".

La ley establece que ante la imposibilidad de manifestarse del paciente, la aceptación o rechazo de terapias o procedimientos puede ser otorgado por hermanos y representantes legales, entre otros.

"La norma no efectúa un juicio moral, ético o religioso sobre cómo deben afrontar los individuos los asuntos vinculados a la enfermedad y, eventualmente, la muerte", expresó la procuradora en su dictamen.

En ese sentido, sostuvo que se "reconoce que los individuos tienen un derecho a decidir por sí mismos esas cuestiones a partir de sus propias y profundas convicciones personales".

La opinión de la procuradora no es vinculante, es decir que la Corte Suprema podría coincidir o no con ese criterio en su fallo. La ley de Muerte Digna fue sancionada en mayo de 2012 por el Senado de la Nación.

La norma reconoce la posibilidad de que pacientes y familiares puedan optar por limitar los esfuerzos médicos en casos de enfermedades terminales o irreversibles

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