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Las doctoras María Isabel Martiarena y Carmen Palacios Arias, que, junto al juez Juan José Ruiz, integran el Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata, se refirieron al fallo con el que se condenó a Jorge Martínez Poch a una pena de 37 años de prisión. El imputado fue hallado culpable del abuso, privación ilegítima de la libertad y violación de la abogada Vanesa Rial y también se lo declaró responsable de las vejaciones y ultrajes que sufrieron sus hijas cuando eran menores de edad.
Las magistradas estuvieron presentes en una nueva edición de JUSTICIA EN PRIMERA PERSONA , el ciclo televisivo en el que los funcionarios judiciales hablan sobre sus decisiones y fallos fuera de sus escritorios. Con esta consigna como eje, las juezas dialogaron con el dr. Enrique Russo y el periodista Martín Granovsky sobre los fundamentos de la sentencia y brindaron algunos detalles del caso.
La primera en tomar la palabra fue la jueza Carmen Palacios Arias que contó cómo se originó la causa y detalló el proceso que se desencadenó una vez que Vanesa Rial denunció a Martínez Poch. Sostuvo en este sentido, que la detención del hombre motivó a las hijas del mismo, hasta ese momento desconocidas en la causa, a sumarse a la lista de mujeres que apuntaban a Martínez Poch como un abusador.
LOS DAÑOS PSICOLÓGICOS: IRREVERSIBLES Y CRÓNICOS
Pero además de referirse a los abusos que el agresor llevó adelante sobre las víctimas, la Dra. Palacios Arias hizo foco en los severos daños psicológicos que sufrieron Rial y una de las hijas de Martínez Poch, que según los especialistas, son crónicos e irreversibles. Sobre ello manifestó que la dra. Rial "ya no es la misma y no volverá a ser la misma" en el futuro debido al traumática vivencia que tuvo.
"Existen distintos tipos de daños. En la causa se comprobó que existía un grave daño en la salud. Los peritos que intervinieron de la asesoría policial, determinaron que es grave el daño" aportó la dra. Martiarena. Palacios afirmó que tal fue la degradación que sufrió que cuando los peritos psicólogos la empezaron a tratar, inmediatamente recomendaron la internación de Vanesa que incluso debió someterse a un tratamiento con medicamentos.
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¿POR QUÉ SE DICTÓ UNA PENA DE 37 AÑOS?
Al referirse al monto que se le imputó al DJ platense conocido en el ambiente como el "Conde de la Noche", las letradas explicaron que se pudo determinar esta cantidad de años gracias a la aplicación del beneficio de la ley más benigna y del artículo 55 que permite sumar a la pena máxima la mitad de esa condena.
Pese a que el tope de condena en la actualidad es de 50 años, ambas letradas coincidieron en que no se pudo aplicar este monto ni satisfacer la demanda de 40 años que requirió la fiscal Budiño, principalmente porque cómo algunas de las faltas por las que se lo juzgaba al DJ se cometieron en el año 2002. Por ello, explicaron que se debió hacer un nuevo concurso de delitos en base a lo que dictaba la norma en ese entonces, lo que terminó arrojando una pena de 37 años y medio como tope.
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