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Por una resolución, el fiscal general Héctor Vogliolo dispuso que las que estén en turno deberán cumplirlo de manera presencial y el resto funcionar con “guardias mínimas”
El edificio de 7 entre 56 y 57 irá recuperando su ritmo habitual / EL DIA
El edificio que concentra a las fiscalías penales de La Plata irá recuperando, de a poco, el ritmo que tenía antes de que por Decreto de Necesidad y Urgencia el gobierno nacional dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia del COVID-19, pese a que la medida se prorrogó hasta el 12 de abril.
Es por una resolución que dictó en las últimas horas el fiscal general del Departamento Judicial La Plata, Héctor Vogliolo, por la cual ordenó que todas las fiscalías que se encuentren en turno en La Plata, Saladillo, Cañuelas, Presidente Perón, Brandsen y San Vicente “deberán llevarlo adelante de manera presencial y activa”, igual “que la UFIJ 13 de Violencia de Género y/o familiar y la del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil (FRPJ) y la UFI de Delitos Culposos”.
Algunas de ellas venían funcionando de esta manera, pero la resolución 19/20 se redactó justamente por las que no. De este modo, todas aquellas que no estén en turno “deberán trabajar con guardias mínimas presenciales a fin de atender las cuestiones urgentes”. Distintas fuentes judiciales coincidieron en decir que “el edificio estaba vacío y muchos funcionarios inubicables”.
Esta situación comenzó con el arranque de las medidas de prevención contra el coronavirus. En concreto, con la resolución 271 /20 de la Suprema Corte de Justicia bonaerense y la decisión, en sintonía, de la Procuración General, que adhirieron al decreto provincial que otorgaba “la licencia para magistrados, funcionarios y agentes que viajaron a países con casos confirmados de COVID 19”. Por otro lado, la resolución 149/20 de la Suprema Corte de Justicia “dispensaba de ir a sus lugares de trabajo a magistrados, funcionarios, y agentes de la Jurisdicción Administración de Justicia de Poder Judicial de la Provincia, entre el lunes 16 y el 31 de marzo”.
La Procuración General adhirió a la resolución de la Corte y encomendó a los fiscales generales la adopción de “todas las medidas de higiene y profilaxis a su alcance en las oficinas bajo su órbita”.
Por resolución 157/20 dispuso que del 16 al 31 marzo el ministerio publico mantuviera “la prestación mínima del servicio de justicia, con guardias mínimas y suficientes”, lo que fue acatado por la fiscalía general de La Plata a través de “pautas de trabajo” consensuadas para todo el departamento judicial.
El problema, según circulaba cada vez con más fuerza en los pasillos de las fiscalías, es que “muchos se lo tomaron como vacaciones” y algunos estaban “directamente inubicables”.
Una opción que se barajó en los primeros días fue realizar las indagatorias por videoconferencia para reducir al mínimo la circulación de detenidos, policías y agentes fiscales, algo que ciertos funcionarios judiciales recomendaron “analizar bien para sortear eventuales pedidos de nulidad”, fundados, por ejemplo, en el hecho de que una indagatoria se haya hecho en sede policial.
“¿Y si un detenido quiere denunciar apremios, cómo hace?” se preguntó el mismo vocero.
La resolución aclara que solamente dos fiscales -que identifica- están exceptuados de ir
En su resolución del 18 de marzo, la Fiscalía General de La Plata había recomendado a los agentes fiscales “decidan no afectar los casos al procedimiento de flagrancia, así como evitar cualquier otra diligencia o trámite de procedimiento que importe oralidad innecesariamente, mientras dure la excepcionalidad sanitaria”. El 20 de marzo el procurador bonaerense Julio Conte Grand detalló distintas instrucciones “que coadyuvan a garantizar el cumplimiento de las funciones esenciales del organismo durante la vigencia de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
Y así funcionó todo hasta el domingo pasado, cuando el gobierno anunció la prórroga de la cuarentena. En ese momento la fiscalía general decidió adelantar los tiempos.
A criterio de los voceros de tribunales que consultó este diario, lo más destacable de la resolución es que las fiscalías “que no están en turno, la de transición y ejecución y las abocadas a la tarea de juicio deberán trabajar con guardias mínimas presenciales a fin de atender las cuestiones urgentes de la fiscalía a su cargo”.
Estas últimas semanas sólo estaban funcionando “no más de cuatro despachos (sin contar el de turno)”, con la presencia de los titulares. Ahora todos deberán abrir con guardias mínimas, conformadas por el fiscal y un par de empleados, coincidieron distintas fuentes.
“El resto trabajará desde su casa, con claves de acceso”, explicaron y todos deberán estar “a disposición de la fiscalía general departamental, como así también del agente fiscal en turno y de la agente fiscal de la UFIJ 13”, dice la Resolución.
Aclara la normativa que sólo dos fiscales están exceptuados por pertenecer a grupos de riesgo, a los que identifica con nombre y apellido, aunque “deberán estar a disposición vía telefónica” y están siendo subrogados. Las ayudantías fiscales deben colaborar con las UFIJ en turno, “sin atención al público y con una guardia pasiva telefónica”.
El Centro de Atención a la Víctima “tendrá guardia pasiva a disposición de la Ufij en turno”, mientras que algunas dependencias, entre ellas la oficina de resolución alterna de conflictos, la secretaría de efectos, y la de coordinación con el patronato de liberados, entre otras, “cesarán sus actividades hasta el 12 de abril”, cierra la disposición.
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