
FOTOS | Universitarios realizaron la Marcha de las Antorchas en las calles de La Plata
Detuvieron a un ginecólogo en una clínica de La Plata: lo acusan de abuso sexual a una paciente
Murió Lalo Schifrin, el compositor argentino creador de la música de Misión Imposible
Orfila prepara el equipo para recibir a Aldosivi en el segundo amistoso de pretemporaada
Por otro paro mañana tampoco habrá clases en varias escuelas de La Plata y la Región
Nuevo aumento en el precio del boleto de micro en La Plata: los valores y desde cuándo rigen
Jesica Cirio, suelta y soltera otra vez: oficialmente, divorciada de Elías Piccirillo
"Estrellas y Estrellados", mañana con EL DIA: escándalos, farándula y la cartelera más completa
Duro revés para Wanda Nara: Mauro Icardi se llevará a sus hijas, autorizado por la Justicia
El “bochazo” del MSCI no generará una venta masiva de las acciones argentinas
Murió Marge Simpson: la noticia que conmocionó a los fanáticos de Los Simpson
Estallaron los memes por la temprana eliminación de River en el Mundial de Clubes
Destrozó el buffet universitario donde trabajaba y subió el video a Tik Tok
Mayra Mendoza se tatuó una tobillera como gesto hacia Cristina
Desfile de película en Reggia di Caserta: Max Mara presentó su colección Resort 2026
Oportunidad para vender su auto usado publicando GRATIS sábado y domingo
Reelecciones indefinidas: bronca de intendentes peronistas porque los dejaron afuera de la ley
Detuvieron a un hombre por amenazar de muerte a Patricia Bullrich en redes sociales
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
ÁNGEL R. COLOMBO y SABRINA E. CASTELLANO (*)
Mediante la R.G. 4725/2020 (BO del 28/05/2020), la AFIP dispuso que la liquidación anual de las rentas relativas a los trabajadores en relación de dependencia y jubilados (entre otros) que deban efectuar los agentes de retención a efectos de determinar la obligación anual del beneficiario correspondiente al período fiscal 2019, podrá ser cumplida hasta el 03/07/2020 inclusive.
El importe determinado en la liquidación anual referenciada, será retenido o reintegrado –según corresponda- cuando se efectúe el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10/08/2020 inclusive.
Asimismo, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento fijadas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes a la primera quincena de julio de 2020 del SICORE, consignando como fecha de retención el día 03/07/2020.
La línea crédito a tasa 0 extendió el otorgamiento del beneficio hasta el 30/06/2020
Aquellas liquidaciones finales o informativas producto del cese de la relación laboral o cambio del agente de retención, cuya presentación por parte de los agentes de retención debió efectuarse en los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2020, se considerarán en término si se presentan hasta el 30/06/2020 inclusive.
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
LE PUEDE INTERESAR
Ciencias Económicas
Por otra parte, a través de la Decisión Administrativa 963/2020, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación adoptó las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Salario Complementario: se recomienda que, al efectuar el cómputo de la plantilla de personal, se tengan presentes las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta el 26/05/2020 inclusive.
Las limitaciones y requisitos para las empresas de más de 800 trabajadores se aplica por 12 meses si tramitaron el beneficio para abril y por 24 meses si es que lo hicieron por el mes de mayo, mientras que para las empresas con hasta 800 trabajadores la limitación por 12 meses se aplica a los contribuyentes que obtuvieron el beneficio por el mes de mayo. Aquellos empleadores del Programa ATP que cuenten con aportes y/o subsidios que alcancen en forma directa o indirecta a una parte de su personal, la AFIP solamente identificarán a los trabajadores que no se ven alcanzados por aquellos, previa consulta con la jurisdicción competente. La AFIP deberá remitir a la ANSES la información necesaria para hacer efectivo el beneficio en trato respecto del período abril 2020 en relación con los trabajadores con pluriempleo.
La línea Crédito a Tasa Cero, se extendió el otorgamiento del beneficio referenciado hasta el 30/06/2020.
Salarios devengados en el mes de abril 2020: A los efectos de evaluar la procedencia de los beneficios contemplados por el Decreto N° 332/20 (Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción) a las empresas que cuenten con más de 800 trabajadores al 29 de febrero de 2020, se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos: no podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; no podrán recomprar sus acciones directa o indirectamente; no podrán adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior; no podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados en forma directa o indirecta con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación. Estos requisitos, serán de aplicación durante un período fiscal.
Complementariamente, por RG 4730 (BO del 04/06/2020) la AFIP dispuso una nueva modificación relativa a los juicios fiscales. Hasta el 30/06/2020, se suspendió la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de este ente recaudador. Ello, sin perjuicio de la realización de aquellos actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP.
En el ámbito local, A.R.B.A. mediante la RN 30/20 (BO del 01/06/2020), extendió el alcance temporal de la suspensión de la traba de medidas cautelares hasta el 31/07/2020. Finalmente, por la RN 29/20 (BO del 01/06/2020), extendió hasta el 31/07/2020 la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas. Este programa de facilidades, contempla la quita total de intereses, multas y punitorios, abarcando deudas vencidas al 31/12/2019 (se encuentren en estado judicial o prejudicial), planes de pago caducos y vigentes. Asimismo comprende a los impuestos inmobiliario, (Básico y Complementario), automotores, ingresos brutos y sellos.
(*) Contador – Abogada de la Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí