¿Te vas a la Costa?: el mapa de los radares, las velocidades permitidas y el valor de las multas
Edición Impresa | 30 de Diciembre de 2021 | 02:09

Se viene el verano y a la hora de salir a manejar a las rutas que llevan a la costa, una de las preocupaciones que aparece cada año es conocer de antemano la ubicación de los radares encargados de detectar excesos de velocidad.
En este sentido, este verano serán 62 los equipos ubicados en distintos puntos de las autovías que llevan a las localidades balnearias bonaerense para detectar excesos de velocidad.
A esta preocupación se suma otra típica de cada verano relacionada con el costo de las multas.
En ese sentido, la última actualización del valor de las multas por infracciones de tránsito, fue la que se produjo en el mes de en enero de 2021.
Según esa actualización, el conductor de un vehículo que exceda las velocidades máximas deberá pagar entre 11.985 y 79.900 pesos. Actualmente, cada Unidad Fija -el indicador que regula el monto de las multas- vale $79,90.
15 años de controles
Los controles electrónicos de velocidad en las rutas bonaerenses se remontan a hace 15 años.
Las multas por exceso de velocidad actualizadas van de los $11.985 a los 79.900 pesos
Fueron instalados entonces por el gobierno provincial tras la previa adecuación de ley que regula el tránsito.
Los cinemómetros, que miden en tiempo real la velocidad de un vehículo, se instalaron en los sectores más críticos de las rutas 11, 36 y 215 y también en la Autovía 2 y la autopista que une la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con La Plata.
A estos controles se suman otros, que son los que instalaron los propios municipios.
Aunque el emplazamiento donde se encuentran las cámaras está correctamente señalizado y, generalmente, con buena ubicación como para que cada conductor tenga en cuenta las medidas máximas; es bueno conocer de antemano su posición exacta.
En las rutas 2, 11, 63 y 74 que van a la Costa Atlántica las velocidades máximas van de 60 a 130 km/h.
Es por eso que hay que tener en cuenta los 40 radares instalados en la ruta provincial N° 2 (mano ascendente y descendente); los 9 de la ruta provincial N° 11; los 2 en la ruta N° 36; los 5 de la ruta N° 63; y los 6 colocados en la ruta N° 74.
Se recomienda que cuando llega una multa por exceso de velocidad, lo primero que hay que hacer es chequear el número de radar que debería figurar en la notificación. Si esa información no aparece, la infracción se la puede considerarse nula.
En las rutas 2, 11, 63 y 74, las velocidades máximas establecidas van de 60 a 130 km/h
También se la puede rechazar por otras razones, como la falta del nombre del municipio que labra la infracción, la omisión de la fecha en que fue cometida la presunta falta (incluyendo día, hora, mes y año), la ruta y kilómetro del lugar del hecho, la velocidad máxima permitida y la velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en km/h).
También es necesario que aparezca la firma de la autoridad pública interviniente en la infracción, la matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV) y datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.
Existe también la posibilidad, en los casos que el automovilista tuviese otro tipo de inconvenientes, de bajarse de la web de la Dirección Nacional de Vialidad dos modelos genéricos de notas para contestar las multas. También se puede contactar c a la mesa de ayuda de la ANSV al 0800-122-2678 o por mail a consultasradares@seguridadvial.gov.ar adjuntando copia de la infracción.
Documentación necesaria
Por otra parte, antes de salir a la ruta se recomienda chequear toda la documentación necesaria para circular.
En cuanto a ese material, que puede ser requerido en un control del Ministerio de Seguridad, es obligatorio llevar el DNI del conductor hay una lista de elementos a tener en cuenta antes de salir.
Estos incluyen la licencia de conducir vigente, la cédula del vehículo (verde o azul) y el comprobante del seguro con póliza vigente (en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos).
También es necesario contar con la Revisión Técnica Vehicular (RTO), la Verificación Técnica Vehicular (VTV) o similar según la provincia en donde este radicado el vehículo.
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