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Una vecina platense se enteró que tenía cuatro infracciones adeudadas desde diciembre cuando fue a tramitar la transferencia de su vehículo. En el Juzgado de faltas local le ofrecieron hacer el descargo a fin de este año
Este es el cartel indicativo de que hay una cámara en Camino centenario entre 501 y 495 / César santoro
El tema del pago de fotomultas vuelve a generar polémica, esta vez a raíz de la falta de notificación de infracciones que denunció una automovilista local, quien alega que se trata de una “maniobra recaudatoria y no preventiva”, a raíz de cómo se dieron los hechos.
La situación se disparó cuando el 22 de mayo último, Estela Valverde se encontraba tramitando la transferencia de su vehículo y le informaron que adeudaba el pago de cuatro fotomultas tomadas entre diciembre y febrero de este año por la cámara ubicada en el Camino Centenario entre 495 y 501, sentido capital federal.
“No niego que me haya excedido en el límite de velocidad, aunque en ninguno de los casos supera los 15 kilómetros por hora. La cuestión es que nunca fui notificada como para tener la posibilidad de un descargo a tiempo, porque me dijeron que me daban cita de acá a seis meses para eso, cuando yo ya estaba tramitando la transferencia del vehículo”, explicó Valverde.
La mujer indicó que se asesoró legalmente y el municipio tiene la obligación de notificar sobre las faltas, cuestión que le negaron en el Juzgado de Faltas local, cuando fue a resolver esta situación.
El Código Contravencional - Ordenanza 6147 indica en su artículo Nº385 que “Todas las notificaciones se harán personalmente por cédula o telegrama colacionado. A los efectos del diligenciamiento de la cédula podrán designarse funcionarios ad-hoc entre los empleados de la Municipalidad o encomendarse a la Policía de la Provincia”.
“Pasaron cinco meses de la primera multa y nunca fui notificada”, insistió la mujer.
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“Yo saqué una solicitada y me expuse porque no tengo nada que esconder. Quiero advertir a la población porque esto no corresponde. Yo he tenido multas de otras rutas en alguna oportunidad, y en todos los casos recibí la notificación correspondiente”, agregó Valverde.
Consultados por este medio, la Municipalidad de La Plata no dio ninguna respuesta sobre el caso en particular de la denunciante y tampoco brindó información sobre la cantidad de fotomultas que se han registrado en lo que va del año o el último mes.
Sobre las fotomultas, Marcela Farroni, que está a cargo de la Defensoría Ciudadana de La Plata dijo : “Entiendo que la persona tenía una urgencia, y en ese caso nosotros podríamos haber intervenido para asesorarla si nos lo pedía. Se suelen hacer excepciones en casos como este, y la mujer podría haber reducido el monto de las faltas”, explicó Farroni.
En ese sentido, comentó que desde junio de 2023 rige una resolución provincial, decretada por el ministerio de Transporte, que obliga a los titulares de los vehículos radicados en territorio bonaerense a tramitar el Domicilio Vial Electrónico a fin de ser notificados ante cualquier eventualidad.
Desde el ministerio de Transporte confirmaron que en este caso puntual, se trata de una cámara autorizada por la gestión de (la ex gobernadora) María Eugenia Vidal en 2019 (aunque comenzaron a funcionar mucho tiempo después) pero que quedan bajo la gestión municipal, por lo que corresponde a la Comuna notificar sobre las faltas.
“Me pareció un abuso excesivo ya que no existen totems como hay más adelante sobre el mismo Camino Centenario, ni carteles como los hay en las rutas nacionales. En este lugar sólo existe un cartel circular, donde se indica la velocidad máxima, apoyado muy abajo en un poste de las luminarias en el centro del Camino.
Las fotomultas son actas de comprobación de faltas generadas por un dispositivo electrónico, a las que se les incorpora como elemento probatorio una o más imágenes del vehículo al momento de cometer la infracción.
Los dispositivos pueden ser automáticos (cinemómetros fijos para detectar excesos de velocidad, equipos de control de semáforos para detectar violación de la luz roja, verificadores de luz baja encendida, lectores de patentes para zonas con restricción de circulación) o con operación manual (cinemómetros móviles, PDA, por ejemplo).
Todo equipo que mida valores debe cumplir con una norma de Metrología Legal de la Secretaría de Comercio. En ese sentido, los cinemómetros (miden velocidad) deben estar debidamente homologados y calibrados según establece la norma.
La Argentina es un país federal y el tránsito es una materia no delegada por las jurisdicciones (provincias y municipios) a la Nación, por lo que pueden instalar equipos de manera autónoma, cumpliendo los requisitos mencionados.
Mediante las adhesiones a las leyes 24.449 (Ley nacional de Tránsito) y 26.363 (Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial) se busca homogeneizar las reglas de circulación en todo el territorio nacional. Cada jurisdicción desarrolla sus políticas de seguridad vial.
Respecto del valor de la multa, varía en cada jurisdicción. Existe un Código de Faltas Nacional al que pueden o no adherirse las jurisdicciones.
La señalización que advierta la cercanía de control electrónico de infracciones es obligatoria. Sus características están normadas por Vialidad Nacional y por la ANSV y son de cumplimiento obligatorio para poder utilizar un equipo de control.
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