Cañuelas: fallo ordena responder una apelación por fotomultas y aún no se cumple

La Justicia provincial hizo lugar a un amparo por mora contra el Juzgado de Faltas de Cañuelas 

Un fallo de la Justicia bonaerense ordenó al Juzgado de Faltas N° 2 de Cañuelas responder una apelación presentada en una causa por fotomultas, aunque, pese a la resolución judicial, el organismo local continúa sin expedirse, lo que podría derivar en sanciones económicas personales para el funcionario responsable.

 

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata hizo lugar a un amparo por mora promovido por un vecino de Cañuelas contra el Juzgado de Faltas, al considerar acreditada la falta de respuesta a un recurso de apelación interpuesto en el marco de una infracción de tránsito detectada por el sistema de fotomultas.

 

El conflicto se originó a partir de una infracción labrada el 20 de febrero de 2023 a Mauricio Alejandro Spoto, quien circulaba en un Chevrolet Prisma por el kilómetro 68 de la Ruta 3 a una velocidad de 72 km/h, cuando el máximo permitido en ese tramo es de 60. Por ese hecho, el juez de Faltas Alexis Cartasegna lo condenó al pago de una multa de $128.300.

 

El 3 de junio de 2025, Spoto, patrocinado por el abogado Gonzalo Martín Echegoy Astegiano, presentó un recurso de apelación. Sin embargo, el Juzgado de Faltas no se pronunció dentro del plazo legal de cinco días, lo que motivó la presentación del amparo por mora ante la Justicia contencioso administrativa.

 

El 12 de septiembre de 2025, la jueza María Ventura Martínez resolvió hacer lugar al reclamo y ordenó al Juzgado de Faltas de Cañuelas que se expida sobre la apelación dentro de los cinco días hábiles previstos por la normativa. En su resolución, la magistrada sostuvo: “Se observa claramente que el plazo en el cual la autoridad demandada debió resolver la petición de la parte actora se encuentra vencido, no advirtiéndose causa que justifique la demora”, y agregó que “el incumplimiento del deber de pronunciarse en forma expresa y fundada frente al pedido presentado, resulta violatorio de la garantía de defensa”.

 

Además, el fallo condenó al Juzgado de Faltas al pago de las costas del proceso, que ascendieron a $238.000 y que finalmente fueron abonadas por la Municipalidad de Cañuelas, bajo cuya órbita funciona el organismo.

 

Pese a la sentencia, a comienzos de octubre el abogado Echegoy Astegiano denunció que el Juzgado seguía sin cumplir con el aspecto central del fallo: dar respuesta al recurso de apelación. El nuevo planteo fue remitido tanto al Juzgado de Faltas como a la Asesoría Legal del municipio. Desde esa área, la abogada Micaela Ramírez respondió que “la Municipalidad no posee competencia directa para resolver el planteo sustancial efectuado por la actora, en tanto la competencia exclusiva en materia de faltas y recursos, se encuentra bajo la órbita de los Juzgado de Faltas”.

 

Ante la persistencia de las demoras, el letrado de Spoto presentó un nuevo escrito ante la jueza Martínez solicitando la aplicación de “sanciones conminatorias en cabeza del responsable administrativo demandado”, en referencia al juez de Faltas Alexis Cartasegna, por el incumplimiento reiterado de la orden judicial.

Cañuelas

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