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En esa presentación, fechada en 2020, había apuntado por presunto fraude a su ex empleada, Carolina Antonela Bucchino
La contadora Natalia Foresio sigue alojada en una cárcel federal / Web
Finalmente, después de una llamativa espera de más de tres meses, la denuncia que la contadora Natalia Romina Foresio realizó en 2020 contra una dependiente, que por ese entonces cumplía tareas profesionales en su oficina y se convirtió, con su relato, en la piedra angular de la investigación que la llevó a la cárcel, también se debería tramitar en la Justicia Federal, según un fallo de la Sala I de la Cámara Penal.
En esa presentación, como este diario adelantó en exclusiva en una edición anterior, Foresio se había colocado en el rol de víctima de las supuestas maniobras irregulares realizadas por la también contadora Carolina Antonela Bucchino, quien, siempre en base a su escrito, entre los años 2019 y 2020 accedió sin permiso a su computadora personal para meterse en los perfiles fiscales de al menos 11 firmas bajo su administración y, desde allí, emitir una gran cantidad de comprobantes apócrifos en favor de tres contribuyentes.
Según Natalia Foresio, el objetivo de Bucchino era generar créditos fiscales artificiales para que esas personas pudieran pagar menos Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA). Lo mismo que después le endilgaron a ella por 40 mil millones de pesos.
Fue el pasado 10 de julio que la Cámara Penal confirmó lo requerido por el fiscal Álvaro Garganta, con el acuerdo de la jueza de garantías Marcela Garmendia.
Con la firma de los magistrados Raúl Dalto y María Silvia Oyhamburu, se determinó que “los elementos obrantes en autos permiten advertir que los hechos denunciados podrían integrar un entramado de operaciones dirigidas a generar un crédito fiscal ilegítimo, con el consiguiente perjuicio - al menos potencial - al sistema tributario nacional, lo cual habilita la intervención de la justicia federal”.
“En consonancia con ello, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 11 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Álvaro Garganta, al requerir la declinatoria de competencia, calificó los hechos como una evasión de tributos nacionales conforme al artículo 1° de la ley 24.769, y afirmó que incluso podrían encuadrarse en su forma agravada según el artículo 2°, inciso d). El fiscal también aclaró que, si bien podrían haberse generado efectos colaterales que eventualmente configuren otras figuras delictivas (como daño o defraudación a las empresas involucradas), dichos hechos resultarían de carácter secundario y necesariamente conexos al hecho principal, por lo que no correspondería su investigación separada en el fuero ordinario”, agregaron.
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Por otra parte, Dalto y Oyhamburu dijeron: “Cabe agregar, que la remisión de las actuaciones a la justicia federal no implica una consolidación definitiva de competencia, toda vez que el juzgado receptor podrá -en caso de considerar improcedente la atribución- promover el correspondiente incidente, que será resuelto por el superior jerárquico. Finalmente, corresponde concluir que los hechos investigados revisten, al menos prima facie, el carácter de delitos tributarios, cuya competencia específica está regulada por el artículo 22 de la Ley 24.769, norma que atribuye a la justicia federal el conocimiento de aquellos delitos que afecten intereses fiscales nacionales”.
Cabe recordar que el papel de Bucchino ha sido central en la causa que lleva adelante el juez Ernesto Kreplak, ya que su testimonio fue considerado como uno de los elementos de cargo en el procesamiento para Foresio, su marido, otra pareja y tres empresarios con fuertes vinculaciones políticas, por quienes aún se esperan definiciones importantes.
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