
Crecen los reclamos de los gobernadores por los fondos y la Casa Rosada endurece su postura
Crecen los reclamos de los gobernadores por los fondos y la Casa Rosada endurece su postura
Nuevas pistas sobre el fentanilo mortal que conmocionó a La Plata
¿Nieva en La Plata?: alerta por temperaturas bajo cero y cómo seguirá el clima
El mapa de todos los cortes y desvíos para esta semana en La Plata: qué zonas evitar este lunes
Sorpresa: Javier Milei apareció con su perro Conan en un streaming solidario
El terrible accidente que protagonizó el hijo del Guri Martínez en el TC Mouras de La Plata
Atacaron a piedrazos un Costera en la Autopista Buenos Aires - La Plata: hay un pasajero herido
Elecciones en Formosa: el PJ de Insfrán se imponía ampliamente ante la oposición
Mauro Icardi con sus hijas: la China Suárez no se pudo contener y fue a almorzar
Malestar en Tolosa por un "cementerio de autos" en el frente de una dependencia policial
Gimnasia oficializó la llegada de Maximiliano Zalazar, el primer refuerzo de Alejandro Orfila
Bayern Múnich ganó 4 a 2 a Flamengo y sigue en camino en el Mundial de Clubes
Provincia: desde el entorno de Kicillof no descartaron ir a la elección con listas separadas
Polarización en marcha, el plan 70/30 para sumar al PRO y las tensiones que no ceden
EN FOTOS.- Todo el color y los ganadores de la media maratón de La Plata
VIDEO. El PSG le pegó un paseo al Inter Miami de Messi, lo goleó 4-0 y lo dejó sin Mundial de Clubes
Qué se sabe del hombre que fue atropellado en 1 y 77: más accidentes en La Plata
La Renga volvió a Huracán: fanáticos sin entrada hieren a un policía en el ingreso
El pueblo escondido a dos horas de La Plata con la mejor tradición de asado criollo
Para los más chicos, "La oveja Lani": un libro con sonido, para pintar y ¡viene con crayones!
Tener citas estando en pareja: aplicaciones que tientan a los casados a buscar aventuras
La agenda deportiva del domingo llena de deporte: partidos, horarios y TV
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
El proceso inflacionario en curso, que no sólo mella el poder adquisitivo de la moneda sino que provoca la alteración de las reglas económicas básicas en general, encuentra en la falta de actualización de las bases imponibles en materia tributaria, un caldo de cultivo para numeroso conflictos.
Un supuesto muy frecuente está referido al caso del contribuyente que por el nivel de facturación, se encuentra incluido dentro del régimen del monotributo, y por una circunstancia sobreviniente, percibe montos que superan los límites establecidos en el referenciado marco normativo, y debe inscribirse como Responsable Inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En la práctica, ocurre muchísimo con los profesionales cuya retribución se encuentra prevista en las respectivas leyes arancelarias, con topes o pisos mínimos de orden público, y por ende irrenunciables para las partes. Es decir, uno puede decidir no percibir el emolumento, pero los accesorios de ley a los efectos tributarios y previsionales, se calculan indefectiblemente sobre dichos montos base.
Los abogados se encuentran con frecuencia ante esta situación.
La relevancia o importancia económica de un litigio, que puede generar regulaciones de honorarios importantes, obliga a estar atento, porque los tribunales provinciales del vasto territorio bonaerense, no guardan una línea uniforme para resolver esta problemática. La jurisprudencia en este sentido, es errática y vacilante.
El profesional que asiste a la entidad bancaria a efectivizar la orden de pago emitida por el Juzgado o tribunal respectivo, se lleva la ingrata sorpresa que el agente pagador al estar alcanzado por los regímenes generales de recaudación, retiene, deduce o percibe en la fuente, los porcentajes correspondientes a los distintos tributos que gravan la actividad profesional, aún cuando los mismos correspondan pagarlos a un tercero.
Por tales razones, es oportuno mencionar y difundir un reciente pronunciamiento del máximo tribunal provincial (Suprema Corte de Buenos Aires causa C. 117.079, del 08/04/2015, “Racing Club Asociación Civil. Incidente pago de honorarios”), donde se establece una pauta en esta materia que en lo sucesivo, por razones de economía y celeridad procesal, los restantes órganos jurisdiccionales deberían aplicar.
La alzada, al confirmar el rechazo del pedido de reintegro del 21% retenido –que a criterio del profesional peticionante no correspondía que se lo hayan deducido de sus honorarios-, consideró que la circunstancia de haberse modificado su situación tributaria en oportunidad de solicitar el giro a su favor, con posterioridad al auto regulatorio, no le confería la posibilidad de trasladar el importe de dicho tributo al condenado en costas ni aún cuando los estipendios se encontraran pendientes de percepción, porque debió requerirlo expresamente antes de la fijación judicial, no después.
La revocación de dicho decisorio encontró sustento en varios argumentos.
En primer término, aquel que sostiene que quien esté inscripto en el Monotributo quedará excluido del mismo si obtiene ingresos brutos superiores a un determinado monto, pasando automáticamente al régimen general de impuestos y de la seguridad social que corresponda a su actividad.
La jurisprudencia en este sentido, es errática y vacilante
Por otro lado, se agregó que la ley del IVA que grava la prestación del servicio profesional, establece que para los casos en los que la contraprestación deba fijarse judicialmente o percibirse a través de cajas forenses, o colegios o consejos profesionales, el hecho imponible se perfeccionará con la percepción, total o parcial del precio, o en el momento en que el prestador o locador haya emitido factura, el que sea anterior.
Por lo tanto, a juicio del Alto Tribunal, resulta indiferente el dato relativo al momento en que el interesado pudo o no informar el cambio de una situación que se produjo de pleno derecho, independientemente de su manifestación de voluntad.
Finalmente se sostuvo que no admitir que el importe del IVA integre las costas del juicio adicionándose a los honorarios regulados, implicaba desnaturalizar la aplicación del referido tributo, incidiendo la gabela directamente sobre la renta del profesional en oposición al modo como el legislador concibió el funcionamiento del impuesto.
Se estaría pretorianamente estableciendo una exención que la ley no establece o implicaría que la parte condenada en costas, al no pagar el IVA, lo convertiría en un gravamen a la renta, pues incidiría sobre el honorario profesional, como si fuera el Impuesto a las Ganancias.
Miguel H. E. Oroz. -Abogado - Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales (ABEF).
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$650/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6100
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$500/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3950
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí