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El dato surge de la Unidad Fiscal de Violencia contra las Mujeres y toma los últimos tres años y medio
Como en el resto del país, miles de personas dijeron presente este viernes en La Plata para reclamar contra los femicidios y la violencia machista
Las matan a golpes, a cuchillazos, a balazos. Las estrangulan y a veces hasta las prenden fuego. Las matan a los gritos y otras en el más aterrador de los silencios. Con saña, sin pensarlo o después de haberlo planificado. No importa la forma ni el contexto: en Argentina cada 30 horas muere una mujer a manos de la locura asesina de un hombre. Sin embargo, cuando aún resuenan los ecos de las multitudinarias marchas que se realizaron en todo el país bajo la consigna “Ni una menos”, uno de los tantos datos difundidos en las últimas horas ilustra lo lejos que aún se está de tener el problema bajo control: si bien hay condenas por crímenes de género, apenas la mitad son considerados femicidio.
“Una de las dificultades fundamentales que tenemos en la lucha contra de violencia de género es la invisibilización del fenómeno -asegura Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especial de Violencia contra las Mujeres (UFEM)-: no hay voluntad política para producir información seria y no se ha puesto en agenda como una grave violación a los derechos humanos”.
Para Labozzetta, “no es menor que no se califiquen como femicidio el asesinato o intento de asesinato de una mujer por el solo hecho de serlo”. Según ella, de hecho, “al ser investigados y juzgados como lesiones u homicidio para ocultar otros delitos como abuso sexual o trata, se pierda la dimensión real del problema”.
Al menos 24 causas por asesinatos de mujeres terminaron con condenas por homicidio agravado por cuestiones de género desde 2012, pero como se dijo sólo la mitad de los autores fueron encontrados responsables de femicidio propiamente dicho.
“En la medida que no se persiga penalmente estos crímenes como femicidio -opina Labozzetta-, no se va a fijar en el pensamiento de la gente que la desigualdad entre hombres y mujeres mata. El sistema penal es el último que interviene: no devuelve la vida pero sí tiene obligaciones de actuar con eficiencia: primero para visibilizar las cuestiones de género y segundo porque la impunidad es un mensaje de naturalización”.
Como esa naturalización e invisibilización se ve reforzada en la medida que no haya información criminal, el área de Análisis Criminal y Planificación de la UFEM viene realizando un relevamiento de sentencias que aplican las reformas de la Ley 26.791; es decir, aquella que incorporó el femicidio (inciso 11) y el femicidio vinculado (inciso 12) como dos nuevos agravantes del homicidio (artículo 80).
Esta norma también incorporó entre las variantes de los crímenes de odio, aquellos enfocados en el género, la orientación sexual o la identidad de género (inciso 4) de la víctima; y agregó a los asesinatos de ex cónyugues o ex parejas entre los considerados agravados por el vínculo.
Cabe recordar que la tipificación del femicidio en el Código Penal no supuso su incorporación como figura penal autónoma -como sí tienen muchos países de la región y el mundo-, sino la elevación de la pena a prisión o reclusión perpetua cuando el asesinato de una mujer “sea perpetrado por un hombre y mediare la violencia de género” (inciso 11).
El estudio reveló que de las 24 sentencias que aplican estas reformas, sólo en 10 se condenó por femicidio propiamente dicho, mientras que en el 75 por ciento de los casos se aplicó el agravante “por el vínculo” por tratarse de parejas o ex parejas de las víctimas.
“Muchos femicidios son calificados sólo como homicidio agravado por el vínculo porque a los jueces les es más fácil probarlo”, apunta la titular de la EFEM, para quien “la violencia de género hay que acreditarla aplicando el protocolo para investigar femicidios de las fuerzas de seguridad, que permite ir construyendo la prueba de modo que el hecho después puede ser mirado como originado en una cuestión de violencia machista”.
Desde 2013, las fuerzas policiales y de seguridad federal cuentan con una “Guía de Actuación para la investigación de femicidios en el lugar del hallazgo”, elaborado a partir de la premisa de que “ya en la escena del crimen se encuentran rastros que dan cuenta de ese odio de género”.
Así, el protocolo es una guía para identificar el denominado “overkilling” (aplicar una fuerza desmesurada para matar a una persona), el despliegue de niveles de violencia inusualmente altos en la escena, la presencia de determinados objetos rotos, mensajes de texto con contenidos específicos y otros. Todos estos indicios, se explica, son cruciales de identificar en la escena del crimen, porque después no se pueden recuperar.
Además, el relevamiento da cuenta de que sólo en dos ocasiones se juzgaron como femicidios hechos cometidos fuera del ámbito de una relación familiar o de pareja: en ambos casos se trata de adolescentes asesinadas en el marco de un ataque sexual, uno de los cuales fue el de Ángeles Rawson.
Por otro lado, en sólo dos sentencias se aplicó la figura de “femicidio vinculado” y el de la activista Diana Sacayán será el primer juicio por el crimen de una persona trans en el que los acusados llegan procesados por femicidio.
La reticencia a utilizar la figura de femicidio es una muestra más de que “el enfoque de género es usado muy ocasionalmente” por los operadores de un sistema judicial que “sigue siendo esencialmente machista”, lo que se pone de manifestó sobre todo en “las causas donde las mujeres víctimas de violencia van a denunciar”.
Nacida tras la primera marcha del #NiUnaMenos, la UFEM es una Unidad fiscal especializada en violencia contra las mujeres y personas LGBTI creada en el seno del Ministerio Público Fiscal de la Nación para reforzar la actuación de este organismo en materia de prevención, investigación, sanción y erradicación de este fenómeno.
En el universo de las mujeres víctimas de la agresión de un hombre, sin duda que un párrafo aparte merece el de las niñas y adolescentes que resultan víctimas de la locura machista a través de las redes sociales, un fenómeno que se ha vuelto recurrente en el último tiempo y que esta semana volvió a cobrarse la vida de una nena (ver página 5)
Según cifras oficiales -de la Oficina de la Mujer, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- en 2014 se registraron femicidios de siete niñas menores de 10 años; cinco de entre 11 y 15; y ocho adolescentes de 16 a 20 años.
La ONG Casa del Encuentro, en tanto, contabilizó 52 víctimas de hasta 18 años de edad durante 2015: cuatro niñas de hasta un año; nueve de entre 2 y 12; y 39 casos de adolescentes de entre 13 y 18 años.
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