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Política y Economía |AYUDA CONDICIONADA

Para la asistencia, obligan a renunciar al secreto fiscal a las empresas

13 de Abril de 2020 | 03:02
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Los contribuyentes que quieran adherirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción dispuesto por el Decreto 332/2020 deben renunciar al secreto fiscal y aceptar que la AFIP comparta la información de su patrimonio con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Esto implica que la AFIP puede entregar a dichos organismos toda la información patrimonial de los contribuyentes, tanto de los bienes en el país como los del exterior, según explicó el experto en tributos al portal IProfesional Sebastián Domínguez. Por ejemplo: inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, automotores, dinero en efectivo en pesos, dinero en efectivo en moneda extranjera, entre otros

“En este caso, el estado de necesidad de los contribuyentes de obtener prórrogas y beneficios por el coronavirus hace que tengan que aceptar obligadamente renunciar al secreto fiscal, quieran o no hacerlo. Es decir, el Estado los está obligando a renunciar a un derecho para acceder a un beneficio de emergencia y eso no es positivo”, consideró el especialista

Agregó que es “un tema delicado, tanto por cuestiones patrimoniales como por cuestiones de seguridad de las personas”.

Mientras, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó la prórroga de la feria fiscal hasta el 26 de abril, inclusive, mientras dure la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el gobierno nacional.

En un comunicado, la AFIP sostuvo que “se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes, en los distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros”.

Pero el organismo tributario puntualizó que “la medida no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos”.

 

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