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Jueces deberán notificar a las víctimas antes de excarcelar

Por Redacción

Luego de un arduo debate que anotó críticas cruzadas entre oficialismo y oposición, senadores bonaerenses acordaron un proyecto de ley que otorga mayor participación a las víctimas de delitos en todo el proceso judicial.

Así, uno de los artículos de la iniciativa establece que previo a que el juez disponga alguna medida de morigeración de prisión, deberá notificar y escuchar a la víctima del delito.

También se crea la figura del Abogado de la Víctima, cuyos honorarios estarán a cargo del Estado.

Uno de los artículos de la norma establece que la víctima “tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el juez competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y cese de una medida de seguridad”.

Además se determina que con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el fiscal o juez de ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, “exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena”.

Además, la víctima tendrá derecho a recibir gratuitamente el patrocinio jurídico que solicite para ejercer sus derechos cuando por las circunstancias del hecho y por situaciones de vulnerabilidad, se encuentre imposibilitada de afrontar los gastos.

“Es muy importante el consenso logrado junto a los senadores del oficialismo ya que para nosotros el objetivo principal es que podamos tener una ley porque las víctimas la necesitan y no pueden seguir esperando”, dijo el senador de Juntos por el Cambio, Leandro Blanco.

El proyecto define como víctimas a las directas y a las indirectas, en función del parentesco por consanguinidad hasta el tercer grado.

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