Celular 5G, TV Led y un metegol: EL DIA premia a sus suscriptores con sorteos imperdibles
Alerta oficial por la aparición de casos de tos convulsa en la Provincia
La primera reunión del flamante Gabinete y otro viaje a los EE UU
Calculan que la inflación estuvo otra vez por arriba del 2 por ciento
Causa Cuadernos: quiénes estarán en el banquillo de los acusados
Entre el 40% y el 50% de los vecinos de la periferia se mueve en micro
Discapacidad: organizaciones y prestadores rechazaron la suba
“Intentaron arreglar la calle, pero la destruyeron más”, advirtió un vecino en Gonnet
Ya pusieron en valor más de 8.000 fachadas en distintos barrios de la Ciudad
“Alquilados por el delito”: más asaltos a conductores de aplicaciones
El descontrol de las madrugadas alarma a los vecinos de la Ciudad
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
La Secretaría de Comercio Interior dio hoy el primer paso en su objetivo de democratizar los espacios que los supermercados otorgan para la exhibición de productos, y estableció las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas.
Lo hizo a través de la Resolución 110/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de que el Parlamento sancionara en diciembre último la Ley 27.545 que tiene como objetivo brindar una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercados y posibilitar un trato equitativo con las pequeñas y medianas empresas (pymes), cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar y la economía popular.
Entre otras cosas, la Ley de Góndolas determina que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría; y que la exhibición de los artículos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría.
También establece que se destine al menos un 25% del espacio de exhibición para productos de pymes; y que como mínimo un 5% del espacio de las góndolas sea para artículos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.
"La clave para la mejor implementación de esta normativa tiene que ver con fortalecer y consolidar a los pequeños actores de las economías regionales y las empresas de la economía popular", destacó a Télam la secretaria de Comercio Interior, Paula Español.
Sostuvo que "la Ley de Góndolas es fundamental para diversificar la oferta de productos y promover la transparencia y competitividad para que las micro y pequeñas empresas accedan de manera equitativa y sostenible a los supermercados de todo el país".
Afirmó que "con reglas claras estamos señalando el camino", y señaló que "en esta primera etapa implementamos cuestiones como la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios y la operativa para agrupar los productos en categorías".
"Puntos fundamentales a la hora de democratizar las góndolas, evitar abusos y a la vez ampliar y beneficiar el consumo de las y los argentinos", afirmó Español.
Precisó que "la implementación -de la ley- la estamos haciendo progresiva y gradual", porque explicó que "requiere un trabajo con todos los organismos involucrados en la promoción de las empresas pequeñas, micro, de la economía social y la agricultura familiar".
La resolución de hoy determinó la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por la ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías. Además, resolvió que la Subsecretaría de Acciones Para la Defensa de las y los Consumidores será la encargada del control y vigilancia de esta medida.
Según la normativa, la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios alcanzados por la ley será de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas, y descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal.
Con estos criterios, se apunta a que los establecimientos comerciales alcanzados por la legislación sean aquellos de formatos de comercialización medianos e hipermercados. Asimismo, la normativa estableció que serán alcanzados por la ley todos los productos alimenticios -excepto carnes, pescados y mariscos-, bebidas, artículos de higiene y cuidado personal, y de limpieza del hogar.
La resolución también definió cómo será el agrupamiento de esos productos en categorías -o góndolas-. En los próximos días ambos listados serán publicados en la página web de la Secretaría de Comercio Interior y serán actualizados periódicamente, de modo que puedan ser consultados libremente.
Por último, se definió que los productos que se comercialicen bajo el programa Precios Cuidados quedan excluidos de estas especificaciones, y tendrán criterios particulares de exhibición que elaborará el área que conduce Paula Español.
Los comercios tienen un plazo de 90 días contados a partir del 15 de diciembre último -la fecha en que se reglamentó la Ley- para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en esta resolución y así cumplir con las exigencias de la legislación.
La Ley de Góndolas también dictamina que los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos; mientras que en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales. Además, indica que los supermercados deberán contemplar distintos plazos y condiciones de contratación a los distintos proveedores según sean pymes o sectores de la economía popular, y no podrán exigir aportes o adelantos financieros a los proveedores ni imponerles la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión como condición para exhibir los productos.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí