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Política y Economía |DESDE AFIP

Facilidades para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales

30 de Septiembre de 2021 | 03:12
Edición impresa

La AFIP dispuso que hasta el 30 de noviembre no tendrán en cuenta el perfil de riesgo de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones vinculadas con los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020.

El organismo aseguró ayer a través de un comunicado que garantizará a los contribuyentes que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).

Cabe recordar que el “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

FINTECH

La AFIP extendió al 31 de octubre el plazo de reinscripción para gozar de beneficios fiscales por parte de las fintech en el Impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias, por sus cuentas corrientes.

Con la exención que otorgó el Gobierno en agosto por decreto, las fintech dejaron de pagar la alícuota de 0,25% de impuesto al cheque por sus cuentas corrientes, segùn Iprofesional. La nueva inscripción al Registro para gozar de la exención en el impuesto al cheque, en caso de utilización de cuentas de pago y/o cobranzas a terceros por movimientos relacionados con el desarrollo actividad, vencía el 30 de septiembre, pero la Resolución 5078 de la AFIP, otorgó un mes de prórroga.

La Resolución explica que la prórroga respondió a “la alta cantidad de solicitudes de inscripción recibidas, y a fin de poder resolverlas en tiempo y forma”.

La exención fue una medida que fue parte de un conjunto de instrumentos tendientes a equiparar el tratamiento impositivo entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales.

 

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