Coparticipación a favor de CABA: los argumentos de la Corte en el fallo

La Corte Suprema de Justicia dispuso que el Gobierno Nacional le pague a la Ciudad de Buenos Aires el 2.95 por ciento de la masa de impuestos coparticipables, en el marco de la disputa entre ambas administraciones por el porcentaje correcto.

La decisión fue firmada por los cuatro miembros del máximo tribunal y dispuso, en los hechos, la suspensión de la ley 27.606 que fijó en 2.32 por ciento la participación de la Ciudad en los impuestos que administra el Estado Nacional.

En su fallo, la Corte hizo un repaso de la historia de la Ciudad de Buenos Aires desde que era un municipio hasta la actualidad, como ciudad antónoma, luego de la reforma Constitucional de 1994. Dijo que aún no tien autonomía financiera porque no se dictó una nueva ley de coparticipación federal.

Por eso sus fondos dependen de lo que le gire la Nación en consonancia con las trasferencias de competencias, servicios o funciones que se dan mediante acuerdos entre el Estado Nacional y el porteño. Decisiones que deben ser tomadas de manera conjunta por los gobiernos de ambas jurisdicciones, consideró el tribunal. Dijo la Corte que la transferencia de competencias del Estado Nacional a la Ciudad se encuentra regida de manera directa e inmediata por las disposiciones que remiten a decisiones que deben tomar de manera conjunta los gobiernos de ambas jurisdicciones.

La Corte destacó que “los recursos de las provincias y sus competencias propias no se ven en absoluto involucrados, pues la cuota de la Ciudad se conforma únicamente con los fondos coparticipados de la Nación”.

Para los jueces, que votaron por unanimidad, el estar sujeto a un proceso de transferencias de competencias por parte de la Ciudad supone que una vez que ya se brinda el servicio de policía, por ejemplo, no se puede “reducir unilateralmente” el nivel de los recursos comprometidos para la financiación de ese gasto por parte de la Nación.

“Se trata de competencias estatales que se desplazan de un gobierno a otro, operación que, por su naturaleza, solo puede hacerse con vocación de permanencia ya que su reversión o bien es impracticable o bien resulta altamente costosa”, dijo la Corte, entre sus argumentos. En otras palabras, no se puede transferir la policía a la Ciudad y dejarla sin fondos para pagar los sueldos.

Corte Suprema

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