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Con un DNU, Milei limita el derecho a huelga y exige prestación mínima en determinadas actividades: ¿cuáles son?

Por Redacción

El presidente Javier Milei emitió este miércoles un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que introduce cambios sustanciales en el ejercicio del derecho a huelga en la Argentina. Esta normativa, que se enmarca en el plan de desregulación, especialmente en el sector de la marina mercante, no solo limita el derecho a huelga, sino que también amplía significativamente la lista de actividades consideradas esenciales y de importancia trascendental.

Con el DNU 340/2025, el Gobierno establece que los conflictos colectivos que puedan afectar la prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental estarán sujetos a garantías de prestación de servicios mínimos. 

En el caso de los servicios esenciales, la cobertura mínima exigida será del 75% de la prestación normal. Para las actividades o servicios de importancia trascendental, esta cobertura no podrá ser menor al 50%.

Esta distinción y los porcentajes asociados marcan una diferencia clave con la normativa previa, que no detallaba un porcentaje específico para todas las actividades esenciales.

Las nuevas actividades afectadas

La lista de servicios y actividades consideradas esenciales o de importancia trascendental se ha expandido considerablemente. 

Hasta ahora, las actividades esenciales incluían servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, los servicios telefónicos y el control de tráfico aéreo. 

El nuevo DNU incorpora:

Salud: Se suman al ámbito esencial el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios, así como los servicios farmacéuticos.

Servicios Públicos: Además de la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, ahora se incluye la producción, transporte, distribución y comercialización de gas y otros combustibles.

Comunicaciones: Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales, se suman a los servicios telefónicos ya existentes.

Transporte y Comercio Exterior: La aeronáutica comercial, el control de tráfico aéreo y portuario, incluyendo operaciones como balizamiento, dragado, amarre, estiba y remolque de buques, son ahora cruciales. También se incluyen los servicios aduaneros y migratorios y demás vinculados al comercio exterior.

Educación y Cuidado: Por primera vez, el cuidado de menores y la educación en todos sus niveles (guardería, preescolar, primario y secundario), así como la educación especial, son catalogados como servicios de importancia trascendental.

Transporte Marítimo y Fluvial: El transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y/o carga, junto con sus servicios conexos y operaciones costa afuera, también entran en esta nueva categorización.

El decreto lleva la firma del Presidente Javier Milei y cuenta con el respaldo de varios ministros clave de su gabinete, incluyendo a Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado).
 

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