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Mientras que el ministro de Justicia y Seguridad porteño garantizó que la policía no podrá detener a alguien "por portación de cara", un representante de una ONG y dirigentes de izquierda cuestionaron la medida y alertaron sobre posibles "fines persecutorios"
El ministro de Justicia y Seguridad porteño, Martín Ocampo, garantizó hoy que la policía no podrá detener a alguien "por portación de cara", a partir de la resolución judicial que la habilita a requerir a los ciudadanos la exhibición del documento de identidad (DNI).
No obstante, un representante de una ONG y dirigentes de izquierda cuestionaron la medida y alertaron sobre posibles "fines persecutorios" o de "extorsión" de las fuerzas.
"El fallo lo que hace es encontrar ese justo medio entre la actividad policial, las políticas de seguridad, y el derecho del ciudadano a andar circulando libremente por la ciudad sin tener que ser interferido", aseguró Ocampo al referirse a la resolución del Tribunal Superior de Justicia porteño que determinó que la policía tiene la potestad de requerir la exhibición del DNI con finalidad de prevención del delito y sin violar garantías constitucionales.
Sin embargo, la presidenta del Centro de Estudios en Política Criminal (CEPOC), Claudia Cesaroni, apuntó que "no existe ninguna norma legal" que obligue a los ciudadanos a portar el DNI, mientras que el legislador porteño Marcelo Ramal (FIT) alertó que la medida judicial podrá ser ejercida "con fines persecutorios o, incluso, de extorsión".
En medio de la polémica, Ocampo advirtió que si durante un procedimiento un policía "se sobrepasa, hace lo que no tiene que hacer, incumple la ley o hace abuso de su posición de autoridad, tiene que tener sanciones".
En diálogo con radio Del Plata, el ministro porteño manifestó que, en realidad, "ese fallo es una limitación a la actividad policial".
Consultado sobre cómo se evita la posible discrecionalidad de las fuerzas de seguridad, Ocampo invocó la necesidad, en primer lugar, de un "control" estricto por parte de las "organizaciones del Estado sobre la función policial".
Pero, además, indicó que "el ciudadano debe estar atento a cómo las fuerzas de seguridad ejercen su trabajo, mientras que los funcionarios también deben estar atentos a escuchar cualquier reclamo de un ciudadano".
Desde la CEPOC, Claudia Cesaroni, explicó que la facultad que se otorga a los efectivos "surge de la ley orgánica de la Policía Federal" y ha sido "discutida en muchas ocasiones" por su "carácter discriminatorio, estigmatizante".
En declaraciones a radio América, Cesaroni aclaró que el eje central de la discusión radica en los parámetros que utilizan las fuerzas de seguridad para demorar a una persona para su posterior identificación porque, sostuvo, "no lo hacen al azar" como dice el fallo.
Ramal, legislador por el Frente de Izquierda y de los Trabajadores, evaluó que "la resolución del Tribunal es un cheque en blanco a la policía, que podrá ser ejercido con fines persecutorios o incluso de extorsión".
En este contexto, sostuvo que la medida es "un retorno agravado a los tiempos de los edictos policiales" que rigieron en el pasado, sobre todo durante la dictadura.
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