Acusado por violencia de género condenado a 18 años de prisión
| 13 de Noviembre de 2013 | 00:00

Un acusado de haber asesinado de un tiro en la cabeza a su mujer, en Punta Lara, fue condenado ayer a 18 años de prisión, en juicio oral y público.
La condena recayó sobre el acusado Oscar Horacio Hermann (56), quien fue hallado autor de “homicidio simple, agravado por el empleo de arma de fuego, y tenencia ilegal de arma de uso civil”.
En el veredicto, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, Claudio Bernard, Liliana Torrisi y Silvia Hoerr, dieron por acreditado que “el 4 de diciembre de 2010, en el interior de una casa, ubicada en pasaje 18 B, entre avenida Almirante Brown y 3, un hombre, con clara intención de darle muerte, le efectuó un disparo a su concubina Claudia Iraola”.
También se indicó que como consecuencia de ese disparo, la mujer murió luego de estar internada un día en el hospital Cestino de Ensenada.
Una de las pruebas valoradas por los jueces, es el relato de una hija de la pareja que protagonizó esta trágica historia.
La testigo contó que sus padres tuvieron siempre una relación bastante particular y vivían en casas enfrentadas, en la misma cuadra.
También dijo que “los maltratos eran constantes, surgían de la nada, consistían en gritos, protestas, insultos y golpes”, se transcribió en el veredicto.
La chica -se agregó- contó también que su padre siempre andaba armado y que el día del hecho el arma que usaba estaba en la casa de su abuela paterna, en el modular.
En otro pasaje de su conmovedor relato ante el Tribunal, la testigo dijo que “cansada de las agresiones, de que su padre golpeara a su madre y también a ella, porque lo enfrentaba para defender a su mamá, trató de convencerla para que hiciera la denuncia”, pero no lo logró.
Además reveló que su padre se había autoproclamado defensor de casas deshabitadas del barrio y cuidaba para que no fueran usurpadas.
También declararon en el juicio varios vecinos del imputado, quienes reconocieron que Hermann es una persona violenta.
En un meduloso voto, que contó con la adhesión de sus pares, el juez Bernard explicó que, “el contexto en el que se enmarcaba la relación entre víctima e imputado me lleva a hablar de la tan lamentable en boga `violencia de género´”.
femicidio
En ese sentido, el magistrado destacó que “este tipo de violencia sucede a menudo en el ámbito intrafamiliar y en especial en parejas, asumiendo la forma de femicidios o violaciones, acoso laboral o explotación sexual y profundizando sobre este tópico ya que los agresores tienden a lograr una dependencia emocional en sus víctimas”.
El juez señaló que a todo esto debe sumarse que el imputado “abusaba de las bebidas alcohólicas, reduciendo el autocontrol y limitando las capacidades individuales de resolución de conflictos de manera no violenta, lleva inexorablemente a un mayor grado de agresión y una vulnerabilidad significativa en las víctimas”.
El doctor Bernard aclaró que no se pudo aplicar en este caso la norma de violencia de género incorporada al Código Penal, que establece prisión perpetua, porque esa reforma entró en vigencia en diciembre de 2012, y este hecho es anterior.
”La actitud despreciativa hacia el género femenino y en especial hacia los lazos familiares”, fue tomado en cuenta como agravante, tal como lo había expuesto en su alegato la fiscal de juicio Graciela Rivero, quien había pedido 21 años de cárcel para el acusado.
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